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Seguro Social: quiénes reciben su pago el 15 y 22 de julio

El cronograma de la Administración del Seguro Social (SSA) señala que quienes nacieron entre el 11 y el 20 de cualquier mes recibirán su depósito el miércoles 15 de julio, mientras que los nacidos a partir del 21 lo percibirán el miércoles 22 de julio.
A su vez, quienes nacieron entre el 1 y el 10 de cualquier mes ya debieron haber recibido sus beneficios en la primera ronda de pagos, correspondiente al segundo miércoles del mes; en este caso, el 8 de julio.
Este esquema no abarca a todos los beneficiarios. Las personas que perciben beneficios desde antes de julio de 1997, así como quienes reciben al mismo tiempo el pago del Seguro Social y el Ingreso Suplementario de Seguridad (SSI), tienen un calendario distinto: el Seguro Social se deposita el día tres de cada mes y el SSI el primer día hábil.
Cómo recibir el pago
La normativa federal establece que todos los beneficios, incluidas las prestaciones del Seguro Social y el SSI, se paguen únicamente por medios electrónicos. Los beneficiarios pueden optar por el depósito directo en una cuenta bancaria o por la tarjeta de débito Mastercard Direct Express.
Al solicitar prestaciones por primera vez, el beneficiario debe elegir una de las opciones electrónicas. Si ya recibe pagos mediante cheque, la SSA exige el cambio a uno de los métodos digitales.
Para inscribirse al depósito directo, es necesario contar con una cuenta bancaria. Es posible iniciar el trámite por internet a través de la plataforma My Social Security para los beneficios de Seguro Social, comunicarse con la entidad bancaria o cooperativa de crédito, o llamar al número gratuito 1-800-772-1213 (TTY 1-800-325-0778).
Por otro lado, para recibir los pagos en la tarjeta Direct Express, se debe llamar al número gratuito 1-877-212-9991. Los agentes del Seguro Social también pueden asistir en el proceso de inscripción.
Qué hacer si el pago no llega en la fecha prevista
Si un pago no se acredita en la fecha que indica el cronograma oficial, la primera recomendación es consultar con la entidad bancaria correspondiente, ya que el procesamiento puede registrar demoras.
Si el inconveniente persiste tras una demora de tres días, el titular debe informar el pago atrasado, faltante o robado a la oficina local de la Administración del Seguro Social (SSA) o llamar al 1-800-772-1213. La institución analizará el caso y, si corresponde, pagará el abono pendiente.
Qué sucede si recibe dinero en exceso
Se considera pago en exceso cuando una persona recibe de la Administración del Seguro Social (SSA) una suma mayor a la que le corresponde. La situación suele deberse a información errónea o incompleta, por ejemplo, cuando no se notifican cambios en la capacidad de trabajo, la residencia, el estado civil o los ingresos. Cuando la SSA emite una notificación por sobrepago, el documento precisa el motivo del monto cobrado de más.
Para resolver un pago en exceso, el beneficiario puede reintegrar la suma percibida de más. Si no puede hacerlo y entiende que el error no le es atribuible o que el cobro resulta injusto, puede pedir una exención (waiver); si se aprueba, queda exceptuado de devolver el dinero.
Asimismo, si el beneficiario entiende que la cifra informada es incorrecta o que no existió un pago en exceso, puede presentar una apelación. Este recurso corresponde cuando hay desacuerdo con el monto fijado como cobro de más.

Si el monto no se reintegra dentro de los 30 días posteriores a la notificación, la SSA descontará de forma automática el 50% del beneficio mensual o el 10% del pago de SSI hasta cancelar la deuda.
Si el beneficiario deja de recibir prestaciones, la ley habilita la recuperación del saldo mediante la retención de reembolsos de impuestos, determinados pagos estatales o el embargo de salarios. Si el titular fallece con una deuda pendiente, la SSA puede exigir el reintegro a quienes reciban beneficios derivados de su historial.
Para prevenir pagos indebidos, la SSA aconseja notificar a tiempo cualquier cambio relevante en la situación personal, dado que las obligaciones de reporte varían según se trate de beneficios por jubilación, discapacidad, familia, sobrevivientes o SSI.
El calendario de pagos establece fechas distintas según el día de nacimiento de los beneficiarios y contempla reglas específicas para quienes reciben prestaciones desde antes de 1997 o combinan con el Ingreso Suplementario de Seguridad (SSI)
