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Estudio revela irregularidades en el otorgamiento de pensiones

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El coordinador general del Movimiento por las Pensiones de los Servidores Públicos (Mopesep), Luis Holguín-Veras Martínez, afirmó este martes que un análisis de 122,190 pensiones otorgadas por el Poder Ejecutivo reveló una irregularidad en la aplicación del límite máximo de pensión, así como en la distribución de los montos otorgados a quienes tienen ese derecho, que supera el monto de RD$80,000.00.

El Mopesep presentó los hallazgos del estudio sobre las pensiones otorgadas por el Sistema de Reparto Estatal y el límite máximo de pensión, en el cual se analizan las implicaciones sociales y fiscales de la corrección del cálculo del límite máximo de pensión en la República Dominicana. El trabajo considera los distintos aspectos de las pensiones otorgadas desde el 2019 al 2024, indicó la entidad a través de una nota de prensa

Dijo que uno de los hallazgos más relevantes se refiere a la forma “incorrecta en que la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones (DGJP) calcula el límite máximo de pensión, ya que lo hace en base al sueldo mínimo del sector público, el que desde el año 2019 sigue siendo de RD$10,000, en lugar de hacerlo a partir del sueldo mínimo nacional (RD$19,352.50), lo que ha generado una reducción injusta y significativa en el monto de muchas pensiones. En este orden, destacó que de realizar el cálculo como establecen las leyes 379-81 y 87-01, el límite debería ser de RD$154,820.00, y no de RD$80,000.00 como es actualmente”.

Dijo que el estudio también  devela “una marcada desigualdad en la distribución de las pensiones. Por ejemplo: el 82.10 % de las pensiones otorgadas solo equivale al 50.01 % del monto total de pensiones concedidas, mientras que el 17.90 % restante absorbe el 49.99 %. En cambio, el 77.04 % de las pensiones civiles son iguales o inferiores a RD$27,828.58, lo que las coloca por debajo del Quintil 1 de ingresos, considerado de extrema pobreza con relación al costo de la canasta familiar. Además, la mayoría de las pensiones civiles (96.67 %) son menores a RD$80,000, y solo un 0.38 % supera ese monto”. 

Resaltó las implicaciones negativas que tiene para los montos de las pensiones el hecho de que en el sector privado se han realizado cinco aumentos de sueldos mínimos en el período 2019 al 2024, mientras que en el ámbito público no se ha realizado ninguno.

Impacto social y fiscal de la corrección

El estudio del Mopesep plantea  que “corregir el cálculo del límite máximo de pensión tendría un impacto fiscal mínimo y manejable, ya que hacerlo de manera correcta incrementaría el monto mensual total de las pensiones civiles en solo un 3.32 %, y el incremento anual en el monto global de pensiones representaría apenas un 0.44 % del total de todos los tipos de pensiones”.

“Desde el punto de vista social, realizar el cálculo tomando como base lo establecido en las Leyes 379-81 y 87-0, se podría obtener los siguientes resultados: mejorar la calidad de vida de los pensionados, reducir las desigualdades en el sistema, fortalecer la confianza en el régimen de pensiones, motivar a los servidores públicos a pensionarse en condiciones dignas, impulsar la economía local, entre otros logros”, aseguró Holguín-Veras. 

Lo que dicen las leyes sobre el límite máximo de pensión

Con relación al sustento legal, la investigación se refiere a lo establecido en el párrafo único del artículo 2 y en párrafo I del artículo 4 de la Ley 379-81. En ese sentido, se resalta lo que dice el primero de ellos, con relación a las pensiones que se podrán otorgar: “En ningún caso será menor al sueldo mínimo nacional vigente, ni mayor a la cantidad que resulte de la suma de ocho (8) de estos sueldos ni será gravado por ningún tipo de impuestos».

En el mismo orden, el estudio resalta lo contemplado por el artículo 18 de la Ley 87-01, que cuando se refiere al salario mínimo nacional, establece que “para fines de cotización, exención impositiva y sanciones, el salario mínimo nacional será igual al promedio simple de los salarios mínimos legales del sector privado establecidos por el Comité Nacional de Salario de la Secretaría de Estado de Trabajo».

Recomendaciones

El Mopesep sugirió que las autoridades corrijan de inmediato el cálculo del límite máximo de pensión, en conformidad con lo dispuesto en las leyes 379-81 y 87-01; aumentar el sueldo mínimo del sector público para garantizar pensiones dignas; fortalecer la transparencia y la auditoría del sistema de pensiones, para evitar interpretaciones erróneas que perjudiquen a los pensionados, brindar información clara y accesible a los servidores públicos sobre sus derechos pensionarios, entre otras.

Llamado a las autoridades

El Mopesep exhortó al Gobierno y a las instituciones responsables de la seguridad social a cumplir con la legislación vigente y a garantizar el derecho de los servidores públicos a una jubilación justa. “Los pensionados y trabajadores activos esperan que se corrijan estas irregularidades y que sus derechos sean respetados.

El coordinador general del Mopesep, Luis Holguín-Veras Martínez, sostuvo que “si a las pensiones concedidas en el período 2019 al 2024 se les hubiese aplicado el límite máximo de pensión corregido, es decir, calculado como establecen las Leyes 379-81 y 87-01, sólo se hubiesen disminuido el monto de tres pensiones y el impacto fiscal sería de un 3.32 % del monto total de las pensiones civiles y de apenas un 0.44 % del monto total de todas las pensiones concedidas en los seis tipos de pensiones que administra la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones (DGJP)”.

 El coordinador general del Movimiento por las Pensiones de los Servidores Públicos (Mopesep), Luis Holguín-Veras Martínez, afirmó este martes que un análisis de 122,190 pensiones otorgadas por el Poder Ejecutivo reveló una irregularidad en la aplicación del límite máximo de pensión, así como en la distribución de los montos otorgados a quienes tienen ese derecho, que supera el monto de RD$80,000.00.El Mopesep presentó los hallazgos del estudio sobre las pensiones otorgadas por el Sistema de Reparto Estatal y el límite máximo de pensión, en el cual se analizan las implicaciones sociales y fiscales de la corrección del cálculo del límite máximo de pensión en la República Dominicana. El trabajo considera los distintos aspectos de las pensiones otorgadas desde el 2019 al 2024, indicó la entidad a través de una nota de prensaDijo que uno de los hallazgos más relevantes se refiere a la forma “incorrecta en que la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones (DGJP) calcula el límite máximo de pensión, ya que lo hace en base al sueldo mínimo del sector público, el que desde el año 2019 sigue siendo de RD$10,000, en lugar de hacerlo a partir del sueldo mínimo nacional (RD$19,352.50), lo que ha generado una reducción injusta y significativa en el monto de muchas pensiones. En este orden, destacó que de realizar el cálculo como establecen las leyes 379-81 y 87-01, el límite debería ser de RD$154,820.00, y no de RD$80,000.00 como es actualmente”. RELACIONADAS Empleo Pensiones suben 27.9 %, las otorgadas por edad avanzada lideran las estadísticas al 2024 Dijo que el estudio también  devela “una marcada desigualdad en la distribución de las pensiones. Por ejemplo: el 82.10 % de las pensiones otorgadas solo equivale al 50.01 % del monto total de pensiones concedidas, mientras que el 17.90 % restante absorbe el 49.99 %. En cambio, el 77.04 % de las pensiones civiles son iguales o inferiores a RD$27,828.58, lo que las coloca por debajo del Quintil 1 de ingresos, considerado de extrema pobreza con relación al costo de la canasta familiar. Además, la mayoría de las pensiones civiles (96.67 %) son menores a RD$80,000, y solo un 0.38 % supera ese monto”. Resaltó las implicaciones negativas que tiene para los montos de las pensiones el hecho de que en el sector privado se han realizado cinco aumentos de sueldos mínimos en el período 2019 al 2024, mientras que en el ámbito público no se ha realizado ninguno.Impacto social y fiscal de la correcciónEl estudio del Mopesep plantea  que “corregir el cálculo del límite máximo de pensión tendría un impacto fiscal mínimo y manejable, ya que hacerlo de manera correcta incrementaría el monto mensual total de las pensiones civiles en solo un 3.32 %, y el incremento anual en el monto global de pensiones representaría apenas un 0.44 % del total de todos los tipos de pensiones”.“Desde el punto de vista social, realizar el cálculo tomando como base lo establecido en las Leyes 379-81 y 87-0, se podría obtener los siguientes resultados: mejorar la calidad de vida de los pensionados, reducir las desigualdades en el sistema, fortalecer la confianza en el régimen de pensiones, motivar a los servidores públicos a pensionarse en condiciones dignas, impulsar la economía local, entre otros logros”, aseguró Holguín-Veras. Lo que dicen las leyes sobre el límite máximo de pensiónCon relación al sustento legal, la investigación se refiere a lo establecido en el párrafo único del artículo 2 y en párrafo I del artículo 4 de la Ley 379-81. En ese sentido, se resalta lo que dice el primero de ellos, con relación a las pensiones que se podrán otorgar: “En ningún caso será menor al sueldo mínimo nacional vigente, ni mayor a la cantidad que resulte de la suma de ocho (8) de estos sueldos ni será gravado por ningún tipo de impuestos». RELACIONADAS Empleo Fondos de pensiones poseen el 35 % de los títulos del Banco Central En el mismo orden, el estudio resalta lo contemplado por el artículo 18 de la Ley 87-01, que cuando se refiere al salario mínimo nacional, establece que “para fines de cotización, exención impositiva y sanciones, el salario mínimo nacional será igual al promedio simple de los salarios mínimos legales del sector privado establecidos por el Comité Nacional de Salario de la Secretaría de Estado de Trabajo».RecomendacionesEl Mopesep sugirió que las autoridades corrijan de inmediato el cálculo del límite máximo de pensión, en conformidad con lo dispuesto en las leyes 379-81 y 87-01; aumentar el sueldo mínimo del sector público para garantizar pensiones dignas; fortalecer la transparencia y la auditoría del sistema de pensiones, para evitar interpretaciones erróneas que perjudiquen a los pensionados, brindar información clara y accesible a los servidores públicos sobre sus derechos pensionarios, entre otras.Llamado a las autoridadesEl Mopesep exhortó al Gobierno y a las instituciones responsables de la seguridad social a cumplir con la legislación vigente y a garantizar el derecho de los servidores públicos a una jubilación justa. “Los pensionados y trabajadores activos esperan que se corrijan estas irregularidades y que sus derechos sean respetados.El coordinador general del Mopesep, Luis Holguín-Veras Martínez, sostuvo que “si a las pensiones concedidas en el período 2019 al 2024 se les hubiese aplicado el límite máximo de pensión corregido, es decir, calculado como establecen las Leyes 379-81 y 87-01, sólo se hubiesen disminuido el monto de tres pensiones y el impacto fiscal sería de un 3.32 % del monto total de las pensiones civiles y de apenas un 0.44 % del monto total de todas las pensiones concedidas en los seis tipos de pensiones que administra la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones (DGJP)”. Economía, Finanzas, Diario Libre, Santo Domingo, Pensiones, servidores públicos, Mopesep 

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