Se acabó lo de quitarse el casco, la DGT anuncia el casco obligatorio para ciclistas, sin exenciones, fuera de la ciudad y en todas las circunstancias para "riders"
Es raro, todo sea dicho. Pero en el pasado ya hemos visto incluso cómo los agentes de la Guardia Civil de Tráfico establecían controles específicos en vías frecuentadas por ciclistas para comprobar si cumplían con sus obligaciones, como la de portar casco, o cometían infracciones, como la de utilizar auriculares.
Por primera vez en la historia, el Reglamento General de Circulación recogerá la figura del “usuario vulnerable de la vía”, por razones de edad – y las características del grupo al que pertenece – y también por el vehículo que utiliza para desplazarse. Esta figura incluirá, entre otros, a los ciclistas, y reflejará el mayor riesgo a sufrir lesiones, y que estas sean de mayor gravedad, en caso de accidente.
Infografías de la Reforma Reglamento General de Circulación en 2026
Ahora bien, lo interesante llega con la reforma del Reglamento General de Circulación que aplica a las obligaciones y las prohibiciones que afectan a los ciclistas, también al resto de usuarios de la vía. Obligaciones que ahora incluyen el uso del casco, que será obligatorio, sin exenciones, en interurbanas.
La obligatoriedad del uso del casco para los ciclistas
Uno de los cambios más relevantes que incorpora la reforma del Reglamento General de Circulación afecta al uso del casco por parte de los ciclistas. La norma actual ya establece la obligatoriedad del casco fuera de la ciudad, pero contempla varias excepciones que ahora serán eliminadas:
“Los conductores de bicicletas y, en su caso, los ocupantes estarán obligados a utilizar cascos de protección homologados o certificados según la legislación vigente, cuando circulen en vías interurbanas, salvo en rampas ascendentes prolongadas, o por razones médicas que se acreditarán conforme establece el artículo 119.3, o en condiciones extremas de calor”.
Con la nueva regulación esas exenciones desaparecerán y el casco pasará a ser obligatorio para todos los ciclistas que circulen por vías interurbanas (Ministerio del Interior / Dirección General de Tráfico).
La situación es diferente en ciudad. Actualmente los ciclistas adultos pueden circular sin casco en vías urbanas, mientras que para los menores de 16 años sí es obligatorio:
“Los conductores y ocupantes de bicicletas menores de dieciséis años estarán obligados a utilizar cascos de protección homologados o certificados cuando circulen en vías urbanas”.
A ello se suma la obligación para los repartidores que trabajen en bicicleta de utilizar siempre casco y chaleco reflectante, considerando cada incumplimiento una infracción grave sancionada con 200 euros.
Otras medidas que afectarán a los ciclistas
La reforma no solo introduce cambios para los ciclistas, sino también nuevas obligaciones para el resto de usuarios de la vía cuando compartan espacio con ellos. Los conductores que adelanten a un ciclista en carretera deberán reducir su velocidad al menos 20 km/h respecto al límite establecido para la vía y, cuando exista más de un carril por sentido, estarán obligados a realizar el adelantamiento ocupando completamente el carril contiguo. Se mantiene además la distancia lateral mínima de 1,5 metros que ya exige la normativa actual.
También se establecen novedades para la circulación urbana. Los ciclistas podrán circular preferentemente por el centro del carril para mejorar su visibilidad y aumentar su seguridad frente al tráfico motorizado, un aspecto que ya se recomendaba anteriormente y que era norma en algunas ciudades por la vía de las ordenanzas municipales. Además, los vehículos deberán mantener una distancia mínima de seguimiento de cinco metros respecto a una bicicleta que circule delante en el mismo carril.
Los ayuntamientos podrán autorizar mediante señalización específica la circulación de bicicletas en ambos sentidos en calles de un único carril limitadas a 30 km/h o menos.
Casco obligatorio
Se eliminan las exenciones existentes y todos los ciclistas deberán utilizar casco en vías interurbanas.
Riders en bicicleta
Los repartidores deberán llevar siempre casco y chaleco reflectante. Cada incumplimiento supondrá una sanción de 200 euros.
Adelantamiento más seguro
Será obligatorio reducir la velocidad al menos 20 km/h respecto al límite de la vía al adelantar a un ciclista.
Cambio completo de carril
En carreteras con más de un carril por sentido habrá que ocupar completamente el carril contiguo al adelantar.
Distancia lateral mínima
Se mantiene la obligación de dejar al menos 1,5 metros de separación lateral.
Posición en ciudad
Los ciclistas podrán circular preferentemente por el centro del carril.
Distancia de seguimiento
Los vehículos deberán mantener una distancia mínima de 5 metros respecto al ciclista precedente.
Circulación en doble sentido
Los ayuntamientos podrán autorizar la circulación ciclista en ambos sentidos en calles limitadas a 30 km/h o menos.
Todas estas medidas, que ya han sido aprobadas en Consejo de Ministros, entrarán en vigor el 1 de octubre de 2026, tras publicarse el Real Decreto en el Boletín Oficial del Estado.
Infografías de la Reforma Reglamento General de Circulación en 2026 Es raro, todo sea dicho. Pero en el pasado ya hemos visto incluso cómo los agentes de la Guardia Civil de Tráfico establecían controles específicos en vías frecuentadas por ciclistas para comprobar si cumplían con sus obligaciones, como la de portar casco, o cometían infracciones, como la de utilizar auriculares.
Por primera vez en la historia, el Reglamento General de Circulación recogerá la figura del “usuario vulnerable de la vía”, por razones de edad – y las características del grupo al que pertenece – y también por el vehículo que utiliza para desplazarse. Esta figura incluirá, entre otros, a los ciclistas, y reflejará el mayor riesgo a sufrir lesiones, y que estas sean de mayor gravedad, en caso de accidente.
Infografías de la Reforma Reglamento General de Circulación en 2026
Ahora bien, lo interesante llega con la reforma del Reglamento General de Circulación que aplica a las obligaciones y las prohibiciones que afectan a los ciclistas, también al resto de usuarios de la vía. Obligaciones que ahora incluyen el uso del casco, que será obligatorio, sin exenciones, en interurbanas.
La obligatoriedad del uso del casco para los ciclistas
Uno de los cambios más relevantes que incorpora la reforma del Reglamento General de Circulación afecta al uso del casco por parte de los ciclistas. La norma actual ya establece la obligatoriedad del casco fuera de la ciudad, pero contempla varias excepciones que ahora serán eliminadas:
“Los conductores de bicicletas y, en su caso, los ocupantes estarán obligados a utilizar cascos de protección homologados o certificados según la legislación vigente, cuando circulen en vías interurbanas, salvo en rampas ascendentes prolongadas, o por razones médicas que se acreditarán conforme establece el artículo 119.3, o en condiciones extremas de calor”.
Con la nueva regulación esas exenciones desaparecerán y el casco pasará a ser obligatorio para todos los ciclistas que circulen por vías interurbanas (Ministerio del Interior / Dirección General de Tráfico).
La situación es diferente en ciudad. Actualmente los ciclistas adultos pueden circular sin casco en vías urbanas, mientras que para los menores de 16 años sí es obligatorio:
“Los conductores y ocupantes de bicicletas menores de dieciséis años estarán obligados a utilizar cascos de protección homologados o certificados cuando circulen en vías urbanas”.
A ello se suma la obligación para los repartidores que trabajen en bicicleta de utilizar siempre casco y chaleco reflectante, considerando cada incumplimiento una infracción grave sancionada con 200 euros.
Otras medidas que afectarán a los ciclistas
La reforma no solo introduce cambios para los ciclistas, sino también nuevas obligaciones para el resto de usuarios de la vía cuando compartan espacio con ellos. Los conductores que adelanten a un ciclista en carretera deberán reducir su velocidad al menos 20 km/h respecto al límite establecido para la vía y, cuando exista más de un carril por sentido, estarán obligados a realizar el adelantamiento ocupando completamente el carril contiguo. Se mantiene además la distancia lateral mínima de 1,5 metros que ya exige la normativa actual.
También se establecen novedades para la circulación urbana. Los ciclistas podrán circular preferentemente por el centro del carril para mejorar su visibilidad y aumentar su seguridad frente al tráfico motorizado, un aspecto que ya se recomendaba anteriormente y que era norma en algunas ciudades por la vía de las ordenanzas municipales. Además, los vehículos deberán mantener una distancia mínima de seguimiento de cinco metros respecto a una bicicleta que circule delante en el mismo carril.
Los ayuntamientos podrán autorizar mediante señalización específica la circulación de bicicletas en ambos sentidos en calles de un único carril limitadas a 30 km/h o menos.
Casco obligatorio
Se eliminan las exenciones existentes y todos los ciclistas deberán utilizar casco en vías interurbanas.
Riders en bicicleta
Los repartidores deberán llevar siempre casco y chaleco reflectante. Cada incumplimiento supondrá una sanción de 200 euros.
Adelantamiento más seguro
Será obligatorio reducir la velocidad al menos 20 km/h respecto al límite de la vía al adelantar a un ciclista.
Cambio completo de carril
En carreteras con más de un carril por sentido habrá que ocupar completamente el carril contiguo al adelantar.
Distancia lateral mínima
Se mantiene la obligación de dejar al menos 1,5 metros de separación lateral.
Posición en ciudad
Los ciclistas podrán circular preferentemente por el centro del carril.
Distancia de seguimiento
Los vehículos deberán mantener una distancia mínima de 5 metros respecto al ciclista precedente.
Circulación en doble sentido
Los ayuntamientos podrán autorizar la circulación ciclista en ambos sentidos en calles limitadas a 30 km/h o menos.
Todas estas medidas, que ya han sido aprobadas en Consejo de Ministros, entrarán en vigor el 1 de octubre de 2026, tras publicarse el Real Decreto en el Boletín Oficial del Estado.
Infografías de la Reforma Reglamento General de Circulación en 2026 Se acabó lo de quitarse el casco, la DGT anuncia el casco obligatorio para ciclistas, sin exenciones, fuera de la ciudad y en todas las circunstancias para "riders"
Es raro, todo sea dicho. Pero en el pasado ya hemos visto incluso cómo los agentes de la Guardia Civil de Tráfico establecían controles específicos en vías frecuentadas por ciclistaspara comprobar si cumplían con sus obligaciones, como la de portar casco, o cometían infracciones, como la de utilizar auriculares.
Por primera vez en la historia, el Reglamento General de Circulación recogerá la figura del “usuario vulnerable de la vía”, por razones de edad – y las características del grupo al que pertenece – y también por el vehículo que utiliza para desplazarse. Esta figura incluirá, entre otros, a los ciclistas, y reflejará el mayor riesgo a sufrir lesiones, y que estas sean de mayor gravedad, en caso de accidente.
Infografías de la Reforma Reglamento General de Circulación en 2026
Ahora bien, lo interesante llega con la reforma del Reglamento General de Circulación que aplica a las obligaciones y las prohibiciones que afectan a los ciclistas, también al resto de usuarios de la vía. Obligaciones que ahora incluyen el uso del casco, que será obligatorio, sin exenciones, en interurbanas.
La obligatoriedad del uso del casco para los ciclistas
Uno de los cambios más relevantes que incorpora la reforma del Reglamento General de Circulación afecta al uso del casco por parte de los ciclistas. La norma actual ya establece la obligatoriedad del casco fuera de la ciudad, pero contempla varias excepciones que ahora serán eliminadas:
“Los conductores de bicicletas y, en su caso, los ocupantes estarán obligados a utilizar cascos de protección homologados o certificados según la legislación vigente, cuando circulen en vías interurbanas, salvo en rampas ascendentes prolongadas, o por razones médicas que se acreditarán conforme establece el artículo 119.3, o en condiciones extremas de calor”.
La situación es diferente en ciudad. Actualmente los ciclistas adultos pueden circular sin casco en vías urbanas, mientras que para los menores de 16 años sí es obligatorio:
“Los conductores y ocupantes de bicicletas menores de dieciséis años estarán obligados a utilizar cascos de protección homologados o certificados cuando circulen en vías urbanas”.
A ello se suma la obligación para los repartidores que trabajen en bicicleta de utilizar siempre casco y chaleco reflectante, considerando cada incumplimiento una infracción grave sancionada con 200 euros.
Otras medidas que afectarán a los ciclistas
La reforma no solo introduce cambios para los ciclistas, sino también nuevas obligaciones para el resto de usuarios de la vía cuando compartan espacio con ellos. Los conductores que adelanten a un ciclista en carretera deberán reducir su velocidad al menos 20 km/h respecto al límite establecido para la vía y, cuando exista más de un carril por sentido, estarán obligados a realizar el adelantamiento ocupando completamente el carril contiguo. Se mantiene además la distancia lateral mínima de 1,5 metros que ya exige la normativa actual.
También se establecen novedades para la circulación urbana. Los ciclistas podrán circular preferentemente por el centro del carril para mejorar su visibilidad y aumentar su seguridad frente al tráfico motorizado, un aspecto que ya se recomendaba anteriormente y que era norma en algunas ciudades por la vía de las ordenanzas municipales. Además, los vehículos deberán mantener una distancia mínima de seguimiento de cinco metros respecto a una bicicleta que circule delante en el mismo carril.
Los ayuntamientos podrán autorizar mediante señalización específica la circulación de bicicletas en ambos sentidos en calles de un único carril limitadas a 30 km/h o menos.
Casco obligatorio
Se eliminan las exenciones existentes y todos los ciclistas deberán utilizar casco en vías interurbanas.
Riders en bicicleta
Los repartidores deberán llevar siempre casco y chaleco reflectante. Cada incumplimiento supondrá una sanción de 200 euros.
Adelantamiento más seguro
Será obligatorio reducir la velocidad al menos 20 km/h respecto al límite de la vía al adelantar a un ciclista.
Cambio completo de carril
En carreteras con más de un carril por sentido habrá que ocupar completamente el carril contiguo al adelantar.
Distancia lateral mínima
Se mantiene la obligación de dejar al menos 1,5 metros de separación lateral.
Posición en ciudad
Los ciclistas podrán circular preferentemente por el centro del carril.
Distancia de seguimiento
Los vehículos deberán mantener una distancia mínima de 5 metros respecto al ciclista precedente.
Circulación en doble sentido
Los ayuntamientos podrán autorizar la circulación ciclista en ambos sentidos en calles limitadas a 30 km/h o menos.
Todas estas medidas, que ya han sido aprobadas en Consejo de Ministros, entrarán en vigor el 1 de octubre de 2026, tras publicarse el Real Decreto en el Boletín Oficial del Estado.
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En 2007 comenzaba su andadura en los medios en internet y en el mundo del motor. Dos años después David se unía a uno de los proyectos incipientes de la prensa del motor, el de Diariomotor. Seguir leyendo…
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