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Economía

DGII trabaja mecanismo para cobrar ITBIS a usuarios de plataformas digitales

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Las plataformas extranjeras como Netflix, Spotify o iCloud, así como otros servicios de “streaming” no cobran automáticamente el impuesto sobre transferencia de bienes industrializados y servicios (Itbis) cuando un consumidor paga su suscripción mensual directamente en sus aplicaciones. Esto se debe a que estas empresas no están radicadas en República Dominicana.

Al respecto, el titular de la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), Pedro Urrutia, informó que la entidad que preside está trabajando en crear un mecanismo para que las plataformas retengan a los usuarios e “ingresen” el Itbis, que es del 18%.

Durante el desayuno-conversatorio, titulado “Visión estratégica del comercio desde la DGII: competitividad y futuro”, celebrado en el Hotel JW Marriot, el funcionario sostuvo que la entidad recaudadora mantiene conversaciones con las distintas plataformas digitales, tras señalar que República Dominicana es el único país donde estas empresas consideran que no están obligadas a cumplir con el pago de impuestos. A pesar de esto, subrayó que las plataformas extranjeras están de acuerdo con que se graven esos servicios.

Urrutia aseguró que la propuesta estaría discutida en un plazo aproximado de 60 días, y adelantó que abarcará todos los servicios de “streaming” y plataformas digitales, los cuales pasarían a estar sujetos al pago de impuestos.

Explicó que la institución ha optado por impulsar una estrategia orientada a avanzar primero en acuerdos y mecanismos de aplicación.

El director de Impuestos Internos señaló que posteriormente se evaluará si será necesario establecer una legislación adicional, aunque consideró que el tema podría estar contemplado dentro del marco legal vigente. En ese sentido, aseguró que ese proceso no retrasará el inicio del cobro de los impuestos correspondientes.

No es la primera vez que el Gobierno intenta aplicar el Itbis en los servicios digitales consumidos en el país y prestados por proveedores del exterior. De hecho, en enero de 2025 se promulgó el Decreto 30-25, pero fue derogado a poco menos de dos meses.

Actualmente, la compra de programas informáticos y licencias de software estándar en República Dominicana no paga Itbis, ya que las autoridades tributarias los consideran bienes intangibles.

Sin embargo, cuando una empresa local realiza pagos al extranjero por servicios como asistencia técnica o alquiler de infraestructura tecnológica, sí debe aplicar retenciones del impuesto sobre la renta (ISR), las cuales pueden alcanzar hasta un 27%, según lo establecido en el Código Tributario.

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