Economía
Regulación por circular: el poder normativo sin ley
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<p>En República Dominicana, una parte creciente de las reglas que afectan la actividad económica no proviene del Congreso, sino de circulares, instructivos y guías emitidas por órganos reguladores. Estos instrumentos, concebidos en principio como orientaciones técnicas, han adquirido en la práctica un carácter casi obligatorio. Y uno se pregunta: ¿cuándo una guía deja de ser recomendación y se convierte en norma?</p>
<p>La expansión de esa “regulación blanda” responde a una situación real: los mercados evolucionan más rápido que los procesos legislativos, y los reguladores requieren herramientas ágiles para responder a riesgos emergentes. En sectores como el financiero, energético o de valores, la capacidad de emitir criterios técnicos de forma rápida puede ser clave para esos sistemas.</p>
<p>Sin embargo, esa flexibilidad tiene costos cuando no está acompañada de límites claros. Muchas de estas disposiciones no pasan por procesos formales de deliberación pública ni cuentan con el mismo nivel de control que una ley. Aun así, su incumplimiento puede acarrear sanciones, observaciones o restricciones operativas para las empresas.</p>
<p>Desde la perspectiva empresarial, el problema no es la existencia de estas herramientas, sino su efecto práctico. Las empresas terminan tratando estas circulares como normas obligatorias, incorporando su cumplimiento y asumiendo costos asociados, con un aumento del costo regulatorio sin la certeza jurídica que debería acompañarlo.</p>
<p>El fenómeno también plantea interrogantes sobre el principio de legalidad, ya que en un estado de derecho, las obligaciones y sanciones deben tener base normativa clara. Cuando reglas sustantivas se introducen por vías indirectas, se diluye la línea entre orientación técnica y regulación vinculante. </p>
<p>No obstante, eliminar o restringir estas herramientas no es la solución. La economía moderna requiere reguladores con capacidad de adaptación y respuesta rápida, y la clave está en diseñar un marco que preserve la flexibilidad sin sacrificar la seguridad jurídica. Procesos de consulta pública, mayor transparencia en su justificación y delimitación clara de su alcance pueden mejorar su legitimidad. Asimismo, debería precisarse cuándo una circular tiene efectos interpretativos y cuándo introduce obligaciones nuevas.</p>
<p>Para el sector privado, este entorno exige una gestión más sofisticada del cumplimiento. No basta con conocer la ley; es necesario monitorear activamente la regulatoria secundaria. Esto convierte al compliance en una función dinámica, donde la actualización constante es parte del costo de operar.</p>
<p>En definitiva, la regulación por circular refleja tanto la capacidad de adaptación del Estado como sus tensiones institucionales. Bien utilizada, puede ser eficiente para gestionar mercados complejos. Mal delimitada, puede erosionar la certeza jurídica y encarecer innecesariamente la actividad económica. El reto para nuestro país no es frenar la regulación, sino ordenar su jerarquía y su alcance, precisamente en un entorno donde cada vez más reglas nacen fuera del Congreso, la seguridad jurídica dependerá de que esas reglas sean claras y previsibles. Solo así la flexibilidad regulatoria podrá convivir con la confianza que exige la inversión.</p>
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