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Contraloría establece nuevos lineamientos para pagos a terceros y operaciones de “factoring”

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<p><span class&equals;"field field--name-title field--type-string field--label-hidden">Contraloría establece nuevos lineamientos para pagos a terceros y operaciones de &OpenCurlyDoubleQuote;factoring”<&sol;span><br &sol;>&NewLine;<span class&equals;"field field--name-uid field--type-entity-reference field--label-hidden"><span>victorreyes<&sol;span><&sol;span><br &sol;>&NewLine;<span class&equals;"field field--name-created field--type-created field--label-hidden"><time datetime&equals;"2026-04-15T11&colon;45&colon;59-04&colon;00" title&equals;"Miércoles&comma; Abril 15&comma; 2026 - 11&colon;45" class&equals;"datetime">15 de Abril 2026 &vert; 11&colon;45<&sol;time><br &sol;>&NewLine;<&sol;span><&sol;p>&NewLine;<div class&equals;"clearfix text-formatted field field--name-body field--type-text-with-summary field--label-hidden field&lowbar;&lowbar;item">&NewLine;<p><span>Santo Domingo&period;- <strong>La Contraloría General de la República<&sol;strong> &lpar;CGR&rpar; emitió la circular núm&period; <strong>IN-CGR-CIR-2026-0004<&sol;strong>&comma; dirigida a todas las instituciones públicas bajo el ámbito de aplicación de esta institución&comma; con el objetivo de fortalecer el <strong>control&comma; la trazabilidad y la transparencia<&sol;strong> en los procesos de pago derivados de contratos de <strong>cesión de crédito y operaciones de &OpenCurlyDoubleQuote;factoring”&period;<&sol;strong><&sol;span><&sol;p>&NewLine;<p><span>La disposición&comma; firmada por el contralor general de la República&comma; <strong>Geraldo Espinosa<&sol;strong>&comma; tiene el propósito de garantizar la <strong>legalidad y correcta identificación<&sol;strong> de los actores que intervienen en las <strong>operaciones financieras del Estado&comma;<&sol;strong> en procura de una mayor <strong>transparencia y control<&sol;strong> de los procesos&period; <&sol;span><&sol;p>&NewLine;<p><span> El funcionario indicó que <strong>serán devueltos<&sol;strong> los expedientes que no cumplan con los requisitos que establece la circular para gestionar pagos a terceros vinculados a <strong>contratos de obras&comma; bienes y servicios<&sol;strong>&comma; en los que los proveedores hayan cedido sus derechos de cobro a favor de otra persona o entidad&period; <&sol;span><&sol;p>&NewLine;<p><span>El documento instruye a las instituciones contratantes a verificar que el beneficiario del derecho cedido &lpar;el cesionario&rpar; se encuentre <strong>debidamente registrado<&sol;strong> como beneficiario deductor ante la <strong>Tesorería Nacional<&sol;strong> y en el <strong>Sistema de Información de la Gestión Financiera<&sol;strong> &lpar;Sigef&rpar;&comma; como condición previa para la autorización de pagos&period;<&sol;span><&sol;p>&NewLine;<p><span>Asimismo&comma; en los casos en que dicho registro no exista&comma; las entidades <strong>deberán gestionar su formalización<&sol;strong> ante la Tesorería Nacional&comma; cumpliendo con los requisitos establecidos en la normativa vigente sobre el <strong>procedimiento administrativo<&sol;strong> para el registro de pagos por cesiones de crédito&period;<&sol;span><&sol;p>&NewLine;<p><span>La circular también precisa que&comma; para fines de registro en el Sigef&comma; los pagos deberán ser imputados inicialmente al <strong>proveedor o beneficiario original<&sol;strong>&comma; aplicando las retenciones e impuestos correspondientes&comma; mientras que los valores cedidos deberán reflejarse <strong>a favor del cesionario <&sol;strong>como beneficiario deductor&period;<&sol;span><&sol;p>&NewLine;<p><span>En el caso de los ayuntamientos y otras entidades que no operan dentro del Sigef&comma; la Contraloría recomendó adaptar estos lineamientos en sus <strong>sistemas internos de registro<&sol;strong>&comma; a fin de <strong>asegurar la consistencia de la información financiera<&sol;strong> y la correcta actualización de los saldos contractuales&period;<&sol;span><&sol;p>&NewLine;<p><span>Espinosa indicó que la institución continuará implementando los <strong>mecanismos y procedimientos<&sol;strong> necesarios para asegurar el cumplimiento de las referidas disposiciones&comma; como parte de un plan dirigido a seguir <strong>fortaleciendo el control interno<&sol;strong> en las instituciones públicas&period;<&sol;span><&sol;p>&NewLine;<&sol;div>&NewLine;<div class&equals;"field field--name-field-image field--type-image field--label-hidden field&lowbar;&lowbar;item"> <img loading&equals;"lazy" src&equals;"https&colon;&sol;&sol;www&period;presidencia&period;gob&period;do&sol;sites&sol;default&sol;files&sol;news&sol;2026-04&sol;Contraloria&period;jpg" width&equals;"1300" height&equals;"730" alt&equals;"Contraloría General de la República "><&sol;p>&NewLine;<&sol;div>&NewLine;<p> Contraloría establece nuevos lineamientos para pagos a terceros y operaciones de &OpenCurlyDoubleQuote;factoring”<br &sol;>&NewLine;victorreyes<br &sol;>&NewLine;15 de Abril 2026 &vert; 11&colon;45<&sol;p>&NewLine;<p> Santo Domingo&period;- La Contraloría General de la República &lpar;CGR&rpar; emitió la circular núm&period; IN-CGR-CIR-2026-0004&comma; dirigida a todas las instituciones públicas bajo el ámbito de aplicación de esta institución&comma; con el objetivo de fortalecer el control&comma; la trazabilidad y la transparencia en los procesos de pago derivados de contratos de cesión de crédito y operaciones de &OpenCurlyDoubleQuote;factoring”&period;<br &sol;>&NewLine;La disposición&comma; firmada por el contralor general de la República&comma; Geraldo Espinosa&comma; tiene el propósito de garantizar la legalidad y correcta identificación de los actores que intervienen en las operaciones financieras del Estado&comma; en procura de una mayor transparencia y control de los procesos&period; <br &sol;>&NewLine; El funcionario indicó que serán devueltos los expedientes que no cumplan con los requisitos que establece la circular para gestionar pagos a terceros vinculados a contratos de obras&comma; bienes y servicios&comma; en los que los proveedores hayan cedido sus derechos de cobro a favor de otra persona o entidad&period; <br &sol;>&NewLine;El documento instruye a las instituciones contratantes a verificar que el beneficiario del derecho cedido &lpar;el cesionario&rpar; se encuentre debidamente registrado como beneficiario deductor ante la Tesorería Nacional y en el Sistema de Información de la Gestión Financiera &lpar;Sigef&rpar;&comma; como condición previa para la autorización de pagos&period;<br &sol;>&NewLine;Asimismo&comma; en los casos en que dicho registro no exista&comma; las entidades deberán gestionar su formalización ante la Tesorería Nacional&comma; cumpliendo con los requisitos establecidos en la normativa vigente sobre el procedimiento administrativo para el registro de pagos por cesiones de crédito&period;<br &sol;>&NewLine;La circular también precisa que&comma; para fines de registro en el Sigef&comma; los pagos deberán ser imputados inicialmente al proveedor o beneficiario original&comma; aplicando las retenciones e impuestos correspondientes&comma; mientras que los valores cedidos deberán reflejarse a favor del cesionario como beneficiario deductor&period;<br &sol;>&NewLine;En el caso de los ayuntamientos y otras entidades que no operan dentro del Sigef&comma; la Contraloría recomendó adaptar estos lineamientos en sus sistemas internos de registro&comma; a fin de asegurar la consistencia de la información financiera y la correcta actualización de los saldos contractuales&period;<br &sol;>&NewLine;Espinosa indicó que la institución continuará implementando los mecanismos y procedimientos necesarios para asegurar el cumplimiento de las referidas disposiciones&comma; como parte de un plan dirigido a seguir fortaleciendo el control interno en las instituciones públicas&period;   <&sol;p>&NewLine;

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