{"id":772,"date":"2026-03-17T14:47:55","date_gmt":"2026-03-17T18:47:55","guid":{"rendered":"https:\/\/ermdigital.com\/index.php\/2026\/03\/17\/pareja-de-empresarios-denuncia-estafa-inmobiliaria-tras-promesa-de-venta-y-pago-por-us300000\/"},"modified":"2026-03-17T14:47:55","modified_gmt":"2026-03-17T18:47:55","slug":"pareja-de-empresarios-denuncia-estafa-inmobiliaria-tras-promesa-de-venta-y-pago-por-us300000","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/ermdigital.com\/index.php\/2026\/03\/17\/pareja-de-empresarios-denuncia-estafa-inmobiliaria-tras-promesa-de-venta-y-pago-por-us300000\/","title":{"rendered":"Pareja de empresarios denuncia estafa inmobiliaria tras promesa de venta y pago por US$300,000"},"content":{"rendered":"<p>El empresario Jos\u00e9 Enrique Y\u00e1ber y su esposa Michelle Pomares denunciaron que llevan m\u00e1s de cuatro a\u00f1os inmersos en un proceso judicial tras haber entregado US$300,000 como pago para la compra inmobiliaria de un apartamento en el proyecto Torre Bellorizonte, en el Distrito Nacional, unidad que, seg\u00fan sostienen, fue posteriormente transferida a terceros sin su conocimiento.<\/p>\n<p>De acuerdo con la denuncia de la pareja, el caso se origin\u00f3 tras la firma, en noviembre de 2017, de un contrato de promesa de venta para la adquisici\u00f3n del apartamento 11-A del referido proyecto. Seg\u00fan indican, la entrega de la unidad estaba prevista para enero de 2019.<\/p>\n<p>La familia se\u00f1ala que, tras incumplirse ese plazo y luego de varios intentos de seguimiento, pudo constatar que el inmueble hab\u00eda sido incluido en una serie de transferencias realizadas el 25 de febrero de 2020, fecha en la que, seg\u00fan afirman, 26 apartamentos del mismo proyecto fueron traspasados a una empresa de reciente constituci\u00f3n.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n sostienen que otras unidades habr\u00edan sido transferidas a sociedades que, de acuerdo con los registros consultados por sus abogados, no estaban ni siquiera constituidas al momento de las operaciones.<\/p>\n<p>A partir de esos hallazgos, Y\u00e1ber y Pomares presentaron en marzo de 2021 una querella penal por presuntos hechos de asociaci\u00f3n de malhechores, abuso de confianza, bancarrota y lavado de activos. Desde entonces, seg\u00fan su versi\u00f3n, el proceso ha estado marcado por decisiones de archivo, requerimientos de pruebas no tramitados con celeridad y sucesivos incidentes procesales.<\/p>\n<p>La representaci\u00f3n legal de la pareja sostiene que la Fiscal\u00eda del Distrito Nacional archiv\u00f3 actuaciones respecto de algunas de las personas y entidades vinculadas al caso, sin haber agotado diligencias de investigaci\u00f3n previamente solicitadas por los querellantes, por lo cual fue necesario acudir ante la Corte de Apelaci\u00f3n del Distrito Nacional, jurisdicci\u00f3n que revoc\u00f3 esos archivos, y dispuso el env\u00edo a juicio de las personas excluidas injustificadamente del expediente por la Fiscal\u00eda del Distrito Nacional.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n indican que una vez apoderado el Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional para el conocimiento del juicio contra los imputados, el tribunal orden\u00f3 a la Fiscal\u00eda del Distrito Nacional agotar varias diligencias de investigaci\u00f3n, pero ante la negligencia de esta \u00faltima en cumplir con las mismas, fue necesario requerir una nueva orden judicial para procurar la ejecuci\u00f3n de las medidas ordenadas.<\/p>\n<p>El caso ha pasado por distintas instancias judiciales. Seg\u00fan los abogados de los se\u00f1ores Yaber y Pomares, decisiones de cortes superiores que ordenaban continuar el curso del proceso fueron seguidas por resoluciones posteriores de tribunales de primera instancia que declararon nulidad o inadmisibilidad de la acusaci\u00f3n, sobre la base de objeciones procesales relativas al tipo de acci\u00f3n aplicable a algunos de los hechos denunciados.<\/p>\n<p>Actualmente, el expediente se encuentra pendiente de conocimiento por ante la Octava Sala de la C\u00e1mara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, la cual fij\u00f3 el juicio de fondo para el pr\u00f3ximo 18 de marzo del 2026.<\/p>\n<p>\u201cLa expectativa de nuestros representados es que el caso sea finalmente conocido en juicio de fondo\u201d, indic\u00f3 la representaci\u00f3n legal de la familia Y\u00e1ber, que sostiene que el expediente contiene documentaci\u00f3n sobre las transferencias cuestionadas y el recorrido de los fondos entregados.<\/p>\n<p>Y\u00e1ber se\u00f1al\u00f3 que el caso plantea interrogantes sobre la eficacia de los mecanismos de protecci\u00f3n para compradores en operaciones inmobiliarias y sobre la respuesta institucional ante controversias de esta naturaleza.<\/p>\n<p>\u200bEl empresario Jos\u00e9 Enrique Y\u00e1ber y su esposa Michelle Pomares denunciaron que llevan m\u00e1s de cuatro a\u00f1os inmersos en un proceso judicial tras haber entregado US$300,000 como pago para la compra inmobiliaria de un apartamento en el proyecto Torre Bellorizonte, en el Distrito Nacional, unidad que, seg\u00fan sostienen, fue posteriormente transferida a terceros sin su\u00a0\u00a0Nacionales, compra, Denuncia, Estafa, promesa, Venta\u00a0\u00a0<\/p>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El empresario Jos\u00e9 Enrique Y\u00e1ber y su esposa Michelle Pomares denunciaron que llevan m\u00e1s de cuatro a\u00f1os inmersos en un proceso judicial tras haber entregado US$300,000 como pago para la compra inmobiliaria de un apartamento en el proyecto Torre Bellorizonte, en el Distrito Nacional, unidad que, seg\u00fan sostienen, fue posteriormente transferida a terceros sin su [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":773,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"amp_status":"","footnotes":""},"categories":[3],"tags":[],"class_list":["post-772","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-de-ultimo-minuto"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/ermdigital.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/772","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/ermdigital.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/ermdigital.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/ermdigital.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/ermdigital.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=772"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/ermdigital.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/772\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/ermdigital.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media\/773"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/ermdigital.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=772"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/ermdigital.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=772"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/ermdigital.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=772"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}