Economía

DGCP emite nuevo reglamento para modernizar el Registro de Proveedores del Estado

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<p>&ZeroWidthSpace;<&sol;p>&NewLine;<p>La Dirección General de Contrataciones Públicas &lpar;DGCP&rpar; anunció la emisión del Reglamento DGCP-SNCP-01-2026 del Registro de Proveedores del Estado &lpar;RPE&rpar;&comma; un instrumento normativo que busca modernizar&comma; simplificar y dotar de mayor seguridad jurídica el acceso al mercado público por parte de ciudadanos y empresas&period;<&sol;p>&NewLine;<p>El documento&comma; firmado y aprobado por el director general&comma; Carlos Pimentel Florenzán&comma; es el primero de los seis reglamentos específicos que serán emitidos progresivamente por el órgano rector para fortalecer el marco jurídico que rige la materia&comma; acorde al mandato otorgado por la reciente Ley 47-25&comma; de Contrataciones Públicas&period;<&sol;p>&NewLine;<p>Dicho reglamento tiene como objetivo principal regular y desarrollar todo lo relativo a la gestión y funcionamiento del RPE&comma; así como transformar el referido registro en una base de datos íntegra y eficiente que funcione como un mecanismo de control preventivo ante el Régimen de Inhabilidades&period;<&sol;p>&NewLine;<p>Uno de los pilares de esta normativa es la implementación de la interoperabilidad entre instituciones&comma; que contribuirá a la automatización de las verificaciones de documentación mediante la conexión de datos con la Dirección General de Impuestos Internos &lpar;DGII&rpar;&comma; la Tesorería de la Seguridad Social &lpar;TSS&rpar;&comma; las Cámaras de Comercio&comma; así como de los ministerios de Trabajo&comma; de Hacienda e Industria&comma; Comercio y Mipymes&comma; entre otras entidades&period;<&sol;p>&NewLine;<p>Con esta medida&comma; el Estado dejará de solicitar documentos que ya posee en sus archivos&comma; reduciendo drásticamente la carga administrativa para los proveedores&period;<&sol;p>&NewLine;<p>&OpenCurlyDoubleQuote;Estamos eliminando obstáculos que carezcan de utilidad práctica”&comma; afirmó Pimentel durante la firma&period; &OpenCurlyDoubleQuote;Bajo los principios de facilitación&comma; celeridad y asesoramiento&comma; aseguramos que ningún interesado pierda su derecho a participar por falta de conocimiento técnico o trámites innecesarios”&comma; agregó&period;<&sol;p>&NewLine;<p>Dentro de las novedades de mayor impacto para los actores del Sistema Nacional de Contrataciones Públicas &lpar;SNCP&rpar;&comma; esta normativa contempla requisitos simplificados de inscripción y actualización en el RPE para las micro&comma; pequeñas y medianas empresas &lpar;mipymes&rpar;&comma; y los pequeños productores y agricultores familiares&comma; con el fin de garantizar el acceso real de estos sectores productivos al mercado público&comma; fomentando así su participación en los procedimientos de contratación pública&period;<&sol;p>&NewLine;<p>De igual manera&comma; establece condiciones especiales de inscripción y actualización en el RPE para el alquiler de inmuebles para uso estatal por parte de personas físicas nacionales&comma; simplificando los requisitos vinculados&comma; en atención al valor del arrendamiento&comma; la ubicación y naturaleza del titular del inmueble&period;<&sol;p>&NewLine;<p>Asimismo&comma; la DGCP informó que la asignación de actividades comerciales a los proveedores será conforme a lo registrado ante la DGII&comma; con el fin de garantizar la consonancia y homogenización de la información en los sistemas públicos del Estado&comma; y que los proveedores participen en los procedimientos de contratación que son de su especialidad&period;<&sol;p>&NewLine;<p>También se formaliza el trámite para organizaciones laborales&comma; condominios&comma; instituciones de educación superior&comma; cooperativas y asociaciones sin fines de lucro &lpar;ASFL&rpar; y se otorga plena validez a la firma digital o electrónica&period;<&sol;p>&NewLine;<p>El órgano rector informó que el reglamento entrará en vigencia en un plazo de noventa días hábiles contados a partir de su publicación en el portal institucional de la DGCP&comma; con una implementación operativa progresiva a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas &lpar;SECP&rpar;&period;<&sol;p>&NewLine;<p>Archivado en&colon; <a href&equals;"https&colon;&sol;&sol;eldinero&period;com&period;do&sol;tag&sol;dgcp&sol;" rel&equals;"tag">DGCP<&sol;a><a href&equals;"https&colon;&sol;&sol;eldinero&period;com&period;do&sol;tag&sol;registro-de-proveedores-del-estado&sol;" rel&equals;"tag">Registro de Proveedores del Estado<&sol;a><&sol;p>&NewLine;<p> <&sol;p>&NewLine;

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DGCP emite nuevo reglamento para modernizar el Registro de Proveedores del Estado

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<p>&ZeroWidthSpace;<&sol;p>&NewLine;<p>La Dirección General de Contrataciones Públicas &lpar;DGCP&rpar; anunció la emisión del Reglamento DGCP-SNCP-01-2026 del Registro de Proveedores del Estado &lpar;RPE&rpar;&comma; un instrumento normativo que busca modernizar&comma; simplificar y dotar de mayor seguridad jurídica el acceso al mercado público por parte de ciudadanos y empresas&period;<&sol;p>&NewLine;<p>El documento&comma; firmado y aprobado por el director general&comma; Carlos Pimentel Florenzán&comma; es el primero de los seis reglamentos específicos que serán emitidos progresivamente por el órgano rector para fortalecer el marco jurídico que rige la materia&comma; acorde al mandato otorgado por la reciente Ley 47-25&comma; de Contrataciones Públicas&period;<&sol;p>&NewLine;<p>Dicho reglamento tiene como objetivo principal regular y desarrollar todo lo relativo a la gestión y funcionamiento del RPE&comma; así como transformar el referido registro en una base de datos íntegra y eficiente que funcione como un mecanismo de control preventivo ante el Régimen de Inhabilidades&period;<&sol;p>&NewLine;<p>Uno de los pilares de esta normativa es la implementación de la interoperabilidad entre instituciones&comma; que contribuirá a la automatización de las verificaciones de documentación mediante la conexión de datos con la Dirección General de Impuestos Internos &lpar;DGII&rpar;&comma; la Tesorería de la Seguridad Social &lpar;TSS&rpar;&comma; las Cámaras de Comercio&comma; así como de los ministerios de Trabajo&comma; de Hacienda e Industria&comma; Comercio y Mipymes&comma; entre otras entidades&period;<&sol;p>&NewLine;<p>Con esta medida&comma; el Estado dejará de solicitar documentos que ya posee en sus archivos&comma; reduciendo drásticamente la carga administrativa para los proveedores&period;<&sol;p>&NewLine;<p>&OpenCurlyDoubleQuote;Estamos eliminando obstáculos que carezcan de utilidad práctica”&comma; afirmó Pimentel durante la firma&period; &OpenCurlyDoubleQuote;Bajo los principios de facilitación&comma; celeridad y asesoramiento&comma; aseguramos que ningún interesado pierda su derecho a participar por falta de conocimiento técnico o trámites innecesarios”&comma; agregó&period;<&sol;p>&NewLine;<p>Dentro de las novedades de mayor impacto para los actores del Sistema Nacional de Contrataciones Públicas &lpar;SNCP&rpar;&comma; esta normativa contempla requisitos simplificados de inscripción y actualización en el RPE para las micro&comma; pequeñas y medianas empresas &lpar;mipymes&rpar;&comma; y los pequeños productores y agricultores familiares&comma; con el fin de garantizar el acceso real de estos sectores productivos al mercado público&comma; fomentando así su participación en los procedimientos de contratación pública&period;<&sol;p>&NewLine;<p>De igual manera&comma; establece condiciones especiales de inscripción y actualización en el RPE para el alquiler de inmuebles para uso estatal por parte de personas físicas nacionales&comma; simplificando los requisitos vinculados&comma; en atención al valor del arrendamiento&comma; la ubicación y naturaleza del titular del inmueble&period;<&sol;p>&NewLine;<p>Asimismo&comma; la DGCP informó que la asignación de actividades comerciales a los proveedores será conforme a lo registrado ante la DGII&comma; con el fin de garantizar la consonancia y homogenización de la información en los sistemas públicos del Estado&comma; y que los proveedores participen en los procedimientos de contratación que son de su especialidad&period;<&sol;p>&NewLine;<p>También se formaliza el trámite para organizaciones laborales&comma; condominios&comma; instituciones de educación superior&comma; cooperativas y asociaciones sin fines de lucro &lpar;ASFL&rpar; y se otorga plena validez a la firma digital o electrónica&period;<&sol;p>&NewLine;<p>El órgano rector informó que el reglamento entrará en vigencia en un plazo de noventa días hábiles contados a partir de su publicación en el portal institucional de la DGCP&comma; con una implementación operativa progresiva a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas &lpar;SECP&rpar;&period;<&sol;p>&NewLine;<p>Archivado en&colon; <a href&equals;"https&colon;&sol;&sol;eldinero&period;com&period;do&sol;tag&sol;dgcp&sol;" rel&equals;"tag">DGCP<&sol;a><a href&equals;"https&colon;&sol;&sol;eldinero&period;com&period;do&sol;tag&sol;registro-de-proveedores-del-estado&sol;" rel&equals;"tag">Registro de Proveedores del Estado<&sol;a><&sol;p>&NewLine;<p> <&sol;p>&NewLine;

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