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Impuestos Internos otorga facilidades de pago con descuentos de hasta 70 % en recargos tributarios

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<p><img width&equals;"355" height&equals;"200" src&equals;"https&colon;&sol;&sol;nuevodiario-assets&period;s3&period;us-east-2&period;amazonaws&period;com&sol;wp-content&sol;uploads&sol;2025&sol;12&sol;Fachada-1-1-355x200&period;jpg" class&equals;"webfeedsFeaturedVisual not-transparent wp-post-image" alt&equals;"" loading&equals;"lazy" data-has-transparency&equals;"false" data-dominant-color&equals;"8d9fac"><&sol;p>&NewLine;<p>EL NUEVO DIARIO&comma; SANTO DOMINGO&period;- La Dirección General de Impuestos Internos &lpar;DGII&rpar; informó la puesta en vigencia de la Circular No&period; 03-2026&comma; a través de la cual se establecen facilidades de pago para contribuyentes con deudas tributarias anteriores a 2020&comma; con importantes descuentos en recargos&comma; como parte de las medidas orientadas a facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales&period;<&sol;p>&NewLine;<p data-start&equals;"688" data-end&equals;"1153">De acuerdo con la disposición&comma; los contribuyentes con deudas correspondientes a períodos fiscales anteriores al año ya mencionado&comma; inclusive&comma; podrán beneficiarse de un descuento del 70 &percnt; de los recargos si realizan un pago único&comma; o de un 50 &percnt; de descuento si optan por un acuerdo de pago de hasta seis cuotas mensuales&comma; con un pago inicial del 30 &percnt;&period; En ambos casos&comma; deberá pagarse la base del impuesto y la totalidad de los intereses indemnizatorios&period;<&sol;p>&NewLine;<p data-start&equals;"1155" data-end&equals;"1414">Asimismo&comma; para las deudas tributarias generadas entre los años 2021 y 2023&comma; inclusive&comma; se establece un descuento del 50 &percnt; de los recargos para pagos únicos y de 40 &percnt; en caso de acuerdos de pago bajo las mismas condiciones de cuotas y pago inicial&period;<&sol;p>&NewLine;<p data-start&equals;"1416" data-end&equals;"1706">La DGII precisó que estas facilidades aplican a toda deuda tributaria&comma; independientemente del tipo de impuesto o del proceso que le haya dado origen&comma; incluyendo aquellos casos en los que los contribuyentes se presenten voluntariamente a declarar&comma; ya sea por omisión o por rectificación&period;<&sol;p>&NewLine;<p data-start&equals;"1708" data-end&equals;"1976">En el caso de deudas derivadas de procesos de fiscalización&comma; las facilidades también podrán aplicarse a períodos posteriores&comma; siempre que las mismas se originen por rectificaciones voluntarias del contribuyente como resultado de los hallazgos del proceso fiscalizador&period;<&sol;p>&NewLine;<p data-start&equals;"1978" data-end&equals;"2329">Para acogerse a estas facilidades&comma; los contribuyentes deberán no encontrarse bajo investigación por fraude fiscal y cumplir con las políticas internas establecidas por la Administración Tributaria&period; Aquellos contribuyentes que hayan incumplido acuerdos de pago durante el último año solo podrán beneficiarse mediante la modalidad de pago único&period;<&sol;p>&NewLine;<p data-start&equals;"2331" data-end&equals;"2585">La circular establece&comma; además&comma; que el incumplimiento de una sola cuota dará lugar a la pérdida de los beneficios otorgados y permitirá a la Administración iniciar los procedimientos de cobro compulsivo correspondientes&comma; conforme al Código Tributario&period;<&sol;p>&NewLine;<p data-start&equals;"2587" data-end&equals;"2858">Las facilidades de pago deberán ser aprobadas por la autoridad competente&comma; según el monto de los recargos involucrados y el tipo de contribuyente&comma; incluyendo autorizaciones especiales para montos superiores a cinco y diez millones de pesos dominicanos&comma; según corresponda&period;<&sol;p>&NewLine;<p data-start&equals;"2860" data-end&equals;"3021">La Circular No&period; 03-2026 entra en vigor a partir del 13 de febrero de 2026 y deja sin efecto cualquier disposición administrativa previa que le sea contraria&period;<&sol;p>&NewLine;<p>&ZeroWidthSpace;EL NUEVO DIARIO&comma; SANTO DOMINGO&period;- La Dirección General de Impuestos Internos &lpar;DGII&rpar; informó la puesta en vigencia de la Circular No&period; 03-2026&comma; a través de la cual se establecen facilidades de pago para contribuyentes con deudas tributarias anteriores a 2020&comma; con importantes descuentos en recargos&comma; como parte de las medidas orientadas a facilitar el cumplimiento Economía&comma; Portada <&sol;p>&NewLine;<p>&ZeroWidthSpace; <&sol;p>&NewLine;

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