República
Intrant reforzará cumplimiento de normas, controles y sanciones para patinetas eléctricas en espacios públicos
<p><span class="field field--name-title field--type-string field--label-hidden">Intrant reforzará cumplimiento de normas, controles y sanciones para patinetas eléctricas en espacios públicos</span><br />
<span class="field field--name-uid field--type-entity-reference field--label-hidden"><span>yamellrossi</span></span><br />
<span class="field field--name-created field--type-created field--label-hidden"><time datetime="2026-02-11T10:45:32-04:00" title="Miércoles, Febrero 11, 2026 - 10:45" class="datetime">11 de Febrero 2026 | 10:45</time><br />
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<p dir="ltr"><span> Santo Domingo.– El Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre </span><strong>(Intrant)</strong><span> anunció el reforzamiento de los controles y la fiscalización para garantizar el </span><strong>cumplimiento</strong><span> estricto de las </span><strong>normas</strong><span> que regulan el uso de </span><strong>patinetas eléctricas y otros dispositivos de movilidad personal</strong><span> en los espacios públicos del país, priorizando </span><strong>la protección del peatón y la seguridad vial.</strong></p>
<p dir="ltr"><span>La institución recordó que, conforme a la normativa vigente, </span><strong>las patinetas eléctricas no pueden circular por aceras</strong><span> y deben respetar un límite máximo de velocidad </span><strong>de 20 kilómetros por hora</strong><span>. Cualquier alteración del sistema de motorización que permita exceder este rango constituye una </span><strong>violación directa a la regulación establecida.</strong></p>
<p dir="ltr"><span>El Intrant explicó que estas acciones responden al </span><strong>crecimiento sostenido del uso de dispositivos de movilidad eléctrica en las vías públicas</strong><span>, lo que exige fortalecer</span><strong> el orden y la convivencia urbana</strong><span>, especialmente en zonas de alta circulación peatonal, donde se debe garantizar la </span><strong>integridad física</strong><span> de niños, adultos mayores y ciudadanos en general.</span></p>
<p dir="ltr"><span>En el caso de las </span><strong>bicicletas eléctricas</strong><span>, la normativa establece que las de carretera pueden alcanzar hasta </span><strong>45 kilómetros por hora</strong><span>, mientras que las de </span><strong>montaña</strong><span> o destinadas al </span><strong>transporte de personas o carga</strong><span> tienen un límite de </span><strong>32 kilómetros por hora.</strong></p>
<p dir="ltr"><span>El </span><strong>incumplimiento</strong><span> de estas disposiciones conlleva </span><strong>sanciones</strong><span> equivalentes de uno (1) a tres (3) salarios mínimos del sector público centralizado, conforme al artículo 251 de la </span><strong>Ley 63-17</strong><span> sobre Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial. La fiscalización estará a cargo de la Dirección General de Seguridad de Tránsito y Transporte Terrestre </span><strong>(Digesett)</strong><span>.</span></p>
<p dir="ltr"><span>El director ejecutivo del Intrant, </span><strong>Milton Morrison</strong><span>, reiteró la importancia de diferenciar entre dispositivos de movilidad personal y motocicletas eléctricas. Explicó que las </span><strong>patinetas eléctricas sin sillín y las bicicletas de pedaleo asistido</strong><span> cuyo motor complementa el esfuerzo humano se consideran </span><strong>dispositivos de movilidad personal,</strong><span> sujetos a </span><strong>límites de velocidad y al uso obligatorio de casco protector</strong><span>.</span></p>
<p dir="ltr"><span>En cambio, las </span><strong>motocicletas eléctricas</strong><span> cuya propulsión depende de acelerador, aun cuando posean pedales, son consideradas </span><strong>vehículos de motor</strong><span> y deben cumplir plenamente con los requisitos legales vigentes, incluyendo </span><strong>placa oficial, matrícula, póliza de seguro de responsabilidad civil, licencia de conducir Categoría 1 y uso obligatorio de casco.</strong><span> La circulación sin estos requisitos faculta a las autoridades a proceder con la retención inmediata del vehículo.</span></p>
<p dir="ltr"><span>Como parte del fortalecimiento institucional, el </span><strong>Intrant notificará formalmente</strong><span> a la Dirección General de Aduanas </span><strong>(DGA)</strong><span> y a la Dirección General de Impuestos Internos </span><strong>(DGII)</strong><span> la obligatoriedad de que </span><strong>toda motocicleta eléctrica </strong><span>complete los </span><strong>procesos ordinarios de importación y matriculación</strong><span> antes de su puesta en circulación. Asimismo, se comunicará a importadores, distribuidores y empresas de alquiler su responsabilidad de garantizar el </span><strong>cumplimiento del marco legal vigente.</strong></p>
<p dir="ltr"><span>La entidad informó además que trabaja en </span><strong>nuevas disposiciones orientadas a actualizar los estándares de seguridad</strong><span>, incluyendo la definición de edad mínima de operación según potencia, exigencia de seguro obligatorio en determinadas categorías y límites máximos de potencia permitida.</span></p>
<p><span>El Intrant reiteró que la </span><strong>movilidad eléctrica representa una oportunidad para el desarrollo sostenible del país</strong><span>; sin embargo, su crecimiento debe producirse bajo criterios de </span><strong>orden, cumplimiento y respeto a la ley</strong><span>, garantizando siempre la protección del peatón y la seguridad vial.</span></p>
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<div class="field field--name-field-image field--type-image field--label-hidden field__item"> <img loading="lazy" src="https://presidencia.gob.do/sites/default/files/news/2026-02/FAIN.JPG" width="3648" height="2432" alt="Energia"></p>
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<p> Intrant reforzará cumplimiento de normas, controles y sanciones para patinetas eléctricas en espacios públicos<br />
yamellrossi<br />
11 de Febrero 2026 | 10:45</p>
<p> Santo Domingo.– El Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant) anunció el reforzamiento de los controles y la fiscalización para garantizar el cumplimiento estricto de las normas que regulan el uso de patinetas eléctricas y otros dispositivos de movilidad personal en los espacios públicos del país, priorizando la protección del peatón y la seguridad vial.<br />
La institución recordó que, conforme a la normativa vigente, las patinetas eléctricas no pueden circular por aceras y deben respetar un límite máximo de velocidad de 20 kilómetros por hora. Cualquier alteración del sistema de motorización que permita exceder este rango constituye una violación directa a la regulación establecida.<br />
El Intrant explicó que estas acciones responden al crecimiento sostenido del uso de dispositivos de movilidad eléctrica en las vías públicas, lo que exige fortalecer el orden y la convivencia urbana, especialmente en zonas de alta circulación peatonal, donde se debe garantizar la integridad física de niños, adultos mayores y ciudadanos en general.<br />
En el caso de las bicicletas eléctricas, la normativa establece que las de carretera pueden alcanzar hasta 45 kilómetros por hora, mientras que las de montaña o destinadas al transporte de personas o carga tienen un límite de 32 kilómetros por hora.<br />
El incumplimiento de estas disposiciones conlleva sanciones equivalentes de uno (1) a tres (3) salarios mínimos del sector público centralizado, conforme al artículo 251 de la Ley 63-17 sobre Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial. La fiscalización estará a cargo de la Dirección General de Seguridad de Tránsito y Transporte Terrestre (Digesett).<br />
El director ejecutivo del Intrant, Milton Morrison, reiteró la importancia de diferenciar entre dispositivos de movilidad personal y motocicletas eléctricas. Explicó que las patinetas eléctricas sin sillín y las bicicletas de pedaleo asistido cuyo motor complementa el esfuerzo humano se consideran dispositivos de movilidad personal, sujetos a límites de velocidad y al uso obligatorio de casco protector.<br />
En cambio, las motocicletas eléctricas cuya propulsión depende de acelerador, aun cuando posean pedales, son consideradas vehículos de motor y deben cumplir plenamente con los requisitos legales vigentes, incluyendo placa oficial, matrícula, póliza de seguro de responsabilidad civil, licencia de conducir Categoría 1 y uso obligatorio de casco. La circulación sin estos requisitos faculta a las autoridades a proceder con la retención inmediata del vehículo.<br />
Como parte del fortalecimiento institucional, el Intrant notificará formalmente a la Dirección General de Aduanas (DGA) y a la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) la obligatoriedad de que toda motocicleta eléctrica complete los procesos ordinarios de importación y matriculación antes de su puesta en circulación. Asimismo, se comunicará a importadores, distribuidores y empresas de alquiler su responsabilidad de garantizar el cumplimiento del marco legal vigente.<br />
La entidad informó además que trabaja en nuevas disposiciones orientadas a actualizar los estándares de seguridad, incluyendo la definición de edad mínima de operación según potencia, exigencia de seguro obligatorio en determinadas categorías y límites máximos de potencia permitida.<br />
El Intrant reiteró que la movilidad eléctrica representa una oportunidad para el desarrollo sostenible del país; sin embargo, su crecimiento debe producirse bajo criterios de orden, cumplimiento y respeto a la ley, garantizando siempre la protección del peatón y la seguridad vial. </p>
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