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Sisalril informa aumento de cobertura para atenciones médicas por accidentes de tránsito

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<p>&ZeroWidthSpace;   <&sol;p>&NewLine;<p>&ZeroWidthSpace;<&sol;p>&NewLine;<p><strong>Santo Domingo&comma; R&period;D&period;–<&sol;strong> La Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales &lpar;<a href&equals;"https&colon;&sol;&sol;virtual&period;sisalril&period;gob&period;do&sol;" target&equals;"&lowbar;blank" rel&equals;"noopener">SISALRIL<&sol;a>&rpar; informó el aumento de la cobertura de accidentes de tránsito en el Seguro Familiar de Salud y la entrada en vigor de otras disposiciones&comma; tras el ajuste anual del Salario Mínimo Nacional &lpar;SMN&rpar; implementado por la Tesorería de la Seguridad Social &lpar;TSS&rpar;&period;<&sol;p>&NewLine;<p>El nuevo límite de cobertura para atenciones médicas derivadas de accidentes de tránsito asciende a RD&dollar;1&comma;393&comma;380&period;00&comma; brindando mayor respaldo económico a los afiliados ante este tipo de eventualidades&period;<&sol;p>&NewLine;<h3 class&equals;"wp-block-heading"><strong>Leer más&colon; <a href&equals;"https&colon;&sol;&sol;deultimominuto&period;net&sol;nacionales&sol;sisalril-tecnologia-en-salud&sol;" data-type&equals;"post" data-id&equals;"529147">SISALRIL promueve modernización tecnológica para mejorar servicios de salud<&sol;a><&sol;strong><&sol;h3>&NewLine;<p>Mediante una circular&comma; la institución también notificó a las Administradoras de Riesgos de Salud &lpar;ARS&rpar; que el nuevo salario de referencia para el tope de cotización en el Régimen Contributivo se fija en RD&dollar;23&comma;223&period;00&period; Este valor servirá de base para calcular los aportes al Seguro Familiar de Salud&comma; Riesgos Laborales y el Seguro de Vejez&comma; Discapacidad y Sobrevivencia&period;<&sol;p>&NewLine;<p>Este ajuste establece el límite máximo de la cuota moderadora variable que los afiliados deberán asumir por servicios en el Plan Básico de Salud&comma; asegurando que los cobros a los usuarios se mantengan dentro de los límites legales establecidos por la Ley 87-01&period;<&sol;p>&NewLine;<p>Además&comma; la SISALRIL actualizó el Capital Mínimo requerido para que las ARS puedan operar en el sistema&comma; estableciendo un nuevo monto de RD&dollar;92&comma;892&comma;000&period;00&comma; equivalente a 4&comma;000 salarios mínimos&period;<&sol;p>&NewLine;<p>En el documento&comma; dirigido a las ARS&comma; al Instituto Dominicano de Prevención y Protección de Riesgos Laborales &lpar;IDOPPRIL&rpar;&comma; la Dirección General de Información y Defensa de los Afiliados &lpar;DIDA&rpar; y Prestadoras de Servicios de Salud &lpar;PSS&rpar;&comma; la institución instruyó a las ARS&comma; cuyo Capital resulte inferior al monto mínimo establecido a realizar el incremento correspondiente&comma; dentro de un plazo de tres meses&comma; contado a partir del 01 de febrero del año 2026&period;<&sol;p>&NewLine;<p> <&sol;p>&NewLine;

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