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Estamos a 21 días de 2026. A 21 días de que puedan multarnos si no tenemos seguro para nuestro patinete eléctrico

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Estamos a 21 días de 2026. A 21 días de que puedan multarnos si no tenemos seguro para nuestro patinete eléctrico

Lo hemos visto con las luces V-16 y se repetirá en el futuro. Llega una norma, hace mucho ruido y cae en el olvido. Hasta que unos pocos días antes de que entre en vigor se vuelve a hacer ruido y los afectados salen corriendo a poner sus papeles en regla. 

Es lo mismo que ha sucedido con los patinetes eléctricos. 

2 de enero de 2026. Es la fecha elegida por la DGT para que todos los patinetes eléctricos que circulen por España cuenten con tres obligaciones: 

  • Seguro de responsabilidad civil del dueño
  • Registro del patinete eléctrico
  • Certificación del patinete eléctrico

Como sucede con las luces V-16, no es algo que se haya decidido ayer mismo. Es algo que se aprobó en 2024 (para cumplir con la transposición de la Directiva 2021/2118) por lo que los usuarios han tenido más de un año y medio para cumplir con todos los trámites. La decisión, además, se puede aplicar por parte de los Ayuntamientos desde hace años como en Córdoba que está activa desde 2023.

¿Cuáles son los trámites? El que más dolores de cabeza nos puede dar es el seguro de responsabilidad civil. Todos los usuarios que utilicen el patinete eléctrico deben tener un seguro para que cubra nuestros daños en caso de que otro conductor sea el responsable de un accidente en el que nos veamos implicados o que cubra los daños a terceros si somos nosotros los culpables. 

Además, el patinete eléctrico tendrá que estar registrado y contar con una certificación que confirme su homologación. Esta última es obligatoria para todos los patinetes eléctricos que se han vendido en España como nuevos desde 2024. Pero, además, será obligatorio a partir de 2027 para los que fueron comprados con anterioridad. 

La “matrícula”. Esta matrícula es realmente una placa que debe estar visible en el patinete eléctrico con la información relevante que certifica la homologación del mismo. La placa, igual que la homologación, debe estar incluida en todos los patinetes eléctricos que se venden desde 2024. 

Si tienes un patinete eléctrico que no cuenta con dicha placa y que no cuenta con la certificación, debes pedir una prueba en uno de los cuatro laboratorios que cuentan con el visto bueno de la DGT para hacer estas certificaciones. El trámite lo puedes solicitar desde la web de Tráfico pero solo uno de ellos, el de IDIADA, se encuentra en España. 

¿Qué se certifica? Los patinetes eléctricos son, desde hace unos años, considerados con una categoría propia. Concretamente, son vehículos de movilidad personal y estos son los criterios más importantes con los que deben cumplir: 

  • Velocidad máxima de 25 km/h
  • Pesar menos de 50 kg
  • Potencia máxima de 1.000 W si carecen de sistema de autoequilibrado
  • Potencia máxima de 2.500 W si tienen sistema de autoequilibrado
  • Altura máxima del manillar de 70 centímetros

¿Y si no cumplo? Quien no cumpla tendrá que preparar la cartera. Y es que con la obligación de contar con un seguro de responsabilidad civil para el patinete eléctrico también llega la obligación de pagar una multa si no cumplimos con ella. 

Concretamente, la sanción puede ir desde los 200 a los 1.000 euros ya que en la reformulación de la Ley de Seguros de Automóviles se establece que los patinetes eléctricos, calificados como vehículos personales ligeros, enfrentarán sanciones de un tercio de las registradas para los automóviles. Es decir, una tercera parte de la sanción de entre 600 y 3.000 euros que se establece para quienes circulan con un coche sin seguro, dependiendo de la gravedad de los hechos. 

Foto | Michel Grolet

En Xataka | Barcelona sospechaba que muchos patinetes eléctricos están trucados. Acaban de detener uno que podía alcanzar 113 km/h


La noticia

Estamos a 21 días de 2026. A 21 días de que puedan multarnos si no tenemos seguro para nuestro patinete eléctrico

fue publicada originalmente en

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por
Alberto de la Torre

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​Lo hemos visto con las luces V-16 y se repetirá en el futuro. Llega una norma, hace mucho ruido y cae en el olvido. Hasta que unos pocos días antes de que entre en vigor se vuelve a hacer ruido y los afectados salen corriendo a poner sus papeles en regla. 
Es lo mismo que ha sucedido con los patinetes eléctricos. 
2 de enero de 2026. Es la fecha elegida por la DGT para que todos los patinetes eléctricos que circulen por España cuenten con tres obligaciones: 
Seguro de responsabilidad civil del dueñoRegistro del patinete eléctricoCertificación del patinete eléctrico
Como sucede con las luces V-16, no es algo que se haya decidido ayer mismo. Es algo que se aprobó en 2024 (para cumplir con la transposición de la Directiva 2021/2118) por lo que los usuarios han tenido más de un año y medio para cumplir con todos los trámites. La decisión, además, se puede aplicar por parte de los Ayuntamientos desde hace años como en Córdoba que está activa desde 2023.

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Además, el patinete eléctrico tendrá que estar registrado y contar con una certificación que confirme su homologación. Esta última es obligatoria para todos los patinetes eléctricos que se han vendido en España como nuevos desde 2024. Pero, además, será obligatorio a partir de 2027 para los que fueron comprados con anterioridad. 

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Si tienes un patinete eléctrico que no cuenta con dicha placa y que no cuenta con la certificación, debes pedir una prueba en uno de los cuatro laboratorios que cuentan con el visto bueno de la DGT para hacer estas certificaciones. El trámite lo puedes solicitar desde la web de Tráfico pero solo uno de ellos, el de IDIADA, se encuentra en España. 

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¿Qué se certifica? Los patinetes eléctricos son, desde hace unos años, considerados con una categoría propia. Concretamente, son vehículos de movilidad personal y estos son los criterios más importantes con los que deben cumplir: 
Velocidad máxima de 25 km/hPesar menos de 50 kgPotencia máxima de 1.000 W si carecen de sistema de autoequilibradoPotencia máxima de 2.500 W si tienen sistema de autoequilibradoAltura máxima del manillar de 70 centímetros

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¿Y si no cumplo? Quien no cumpla tendrá que preparar la cartera. Y es que con la obligación de contar con un seguro de responsabilidad civil para el patinete eléctrico también llega la obligación de pagar una multa si no cumplimos con ella. 

Concretamente, la sanción puede ir desde los 200 a los 1.000 euros ya que en la reformulación de la Ley de Seguros de Automóviles se establece que los patinetes eléctricos, calificados como vehículos personales ligeros, enfrentarán sanciones de un tercio de las registradas para los automóviles. Es decir, una tercera parte de la sanción de entre 600 y 3.000 euros que se establece para quienes circulan con un coche sin seguro, dependiendo de la gravedad de los hechos. 

Foto | Michel Grolet

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Estamos a 21 días de 2026. A 21 días de que puedan multarnos si no tenemos seguro para nuestro patinete eléctrico

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