República
CNSS crea fondos para compras de medicamentos para tuberculosis, VIH y hepatitis B
<p><span class="field field--name-title field--type-string field--label-hidden">CNSS crea fondos para compras de medicamentos para tuberculosis, VIH y hepatitis B</span><br />
<span class="field field--name-uid field--type-entity-reference field--label-hidden"><span>yamellrossi</span></span><br />
<span class="field field--name-created field--type-created field--label-hidden">17 de Noviembre 2025 | 15:25<br />
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<div class="clearfix text-formatted field field--name-body field--type-text-with-summary field--label-hidden field__item">
<p dir="ltr"><span>Santo Domingo.- El Consejo Nacional de Seguridad Social </span><strong>(CNSS)</strong><span> a través de la </span><strong>Resolución No 624-02 </strong><span>dejó establecido el Fondo Especial para Programas Prioritarios de Salud Pública </span><strong>(Fonsap) </strong><span>el cual se encargará de gestionar las compras de medicamentos para el tratamiento de la </span><strong>tuberculosis, VIH y hepatitis B.</strong></p>
<p dir="ltr"><span>Este fondo deberá adoptar </span><strong>mecanismos especiales de negociación y compra</strong><span> para su financiamiento, sustentado en el cofinanciamiento según pertenezcan a los </span><strong>regímenes subsidiado y contributivo </strong><span>o a</span><strong> planes de pensionados y jubilados</strong><span>.</span></p>
<p dir="ltr"><span>Además, este fondo establece la </span><strong>compra internacional conjunta de medicamentos.</strong><span> Para este proceso, el CNSS instruye a la </span><strong>Tesorería de la Seguridad Social (TSS)</strong><span> para transferir anualmente los </span><strong>recursos especializados</strong><span> a través del Fondo Especial para Programas Prioritarios de Salud Pública (</span><strong>Fonsap), al Ministerio de Salud Pública</strong><span> para la compra conjunta de los </span><strong>medicamentos antirretrovirales y para el control de la tuberculosis y la hepatitis B.</strong></p>
<p dir="ltr"><span>Se </span><strong>aprobó la cantidad de RD 1.49</strong><span> con gastos administrativos, para garantizar la cobertura de medicamentos dedicados el control de la </span><strong>tuberculosis</strong><span>, y </span><strong>RD 3.56</strong><span> con gastos administrativos para garantizar la cobertura de medicamentos antirretrovirales para el tratamiento del </span><strong>VIH y de hepatitis B.</strong><span> Dichos recursos serán </span><strong>transferidos mensualmente al Fondo Especial para Programas Prioritarios de Salud Pública.</strong></p>
<p dir="ltr"><span>La resolución establece que con este fondo se gestionará la compra de medicamentos para el tratamiento de la tuberculosis, VIH y hepatitis B. </span><strong>Se alimentará de un monto mensual por población afiliada de RD 5.05.</strong></p>
<p dir="ltr"><span>El CNSS dispuso que </span><strong>en el primer año de operación </strong><span>del Fondo Especial para Programas Prioritarios de Salud Pública (Fonsap) el </span><strong>Ministerio de Salud Pública</strong><span> </span><strong>colocará los fondos para la totalidad de compra anual de medicamentos</strong><span> de la población afiliada y no afiliada, por un período de 21 meses (12 meses de consumo más 9 meses de stock de seguridad).</span></p>
<p dir="ltr"><span>En los años siguientes, el modelo actuará como </span><strong>fondo de autorreposición</strong><span>, en el que la Tesorería de la Seguridad Social </span><strong>(TSS)</strong><span> </span><strong>recaudará los recursos mensuales</strong><span> y dispensará el total al Ministerio de Salud Pública para la compra anual, mediante una </span><strong>factura</strong><span> que el Ministerio de Salud Pública deberá presentar a la Tesorería de la Seguridad Social (TSS).</span></p>
<p dir="ltr"><span>En otro aspecto, el CNSS instruye a la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales </span><strong>(Sisalril)</strong><span> para diseñar y proponer ante el Consejo Nacional de Seguridad Social </span><strong>(CNSS)</strong><span>, en un </span><strong>plazo de tres meses</strong><span>, una propuesta de estructuración y creación de un </span><strong>Fondo para Medicamentos de Alto Costo</strong><span>. La propuesta deberá contener el costeo, inicialmente con </span><strong>medicamentos priorizados</strong><span> por el Ministerio de Salud Pública y </span><strong>mecanismos esenciales</strong><span> para su funcionamiento e implementación.</span></p>
<p><span>Dispone que la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (Sisalril) diseñe y proponga ante el Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS), en un plazo de tres meses, a partir de la emisión de la presente resolución, un mecanismo para la </span><strong>contención de costos en medicamentos ambulatorios,</strong><span> mediante el establecimiento de precios tope de cobertura, prescripción y dispensación de genéricos y biosimilares.</span></p>
</div>
<div class="field field--name-field-image field--type-image field--label-hidden field__item"> <img loading="lazy" src="https://presidencia.gob.do/sites/default/files/news/2025-11/Reun%C3%B3n%20del%20pleno%20del%20Consejo.jpg" width="4608" height="3072" alt="Energia"></p>
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<p> CNSS crea fondos para compras de medicamentos para tuberculosis, VIH y hepatitis B<br />
yamellrossi<br />
17 de Noviembre 2025 | 15:25</p>
<p> Santo Domingo.- El Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS) a través de la Resolución No 624-02 dejó establecido el Fondo Especial para Programas Prioritarios de Salud Pública (Fonsap) el cual se encargará de gestionar las compras de medicamentos para el tratamiento de la tuberculosis, VIH y hepatitis B.<br />
Este fondo deberá adoptar mecanismos especiales de negociación y compra para su financiamiento, sustentado en el cofinanciamiento según pertenezcan a los regímenes subsidiado y contributivo o a planes de pensionados y jubilados.<br />
Además, este fondo establece la compra internacional conjunta de medicamentos. Para este proceso, el CNSS instruye a la Tesorería de la Seguridad Social (TSS) para transferir anualmente los recursos especializados a través del Fondo Especial para Programas Prioritarios de Salud Pública (Fonsap), al Ministerio de Salud Pública para la compra conjunta de los medicamentos antirretrovirales y para el control de la tuberculosis y la hepatitis B.<br />
Se aprobó la cantidad de RD 1.49 con gastos administrativos, para garantizar la cobertura de medicamentos dedicados el control de la tuberculosis, y RD 3.56 con gastos administrativos para garantizar la cobertura de medicamentos antirretrovirales para el tratamiento del VIH y de hepatitis B. Dichos recursos serán transferidos mensualmente al Fondo Especial para Programas Prioritarios de Salud Pública.<br />
La resolución establece que con este fondo se gestionará la compra de medicamentos para el tratamiento de la tuberculosis, VIH y hepatitis B. Se alimentará de un monto mensual por población afiliada de RD 5.05.<br />
El CNSS dispuso que en el primer año de operación del Fondo Especial para Programas Prioritarios de Salud Pública (Fonsap) el Ministerio de Salud Pública colocará los fondos para la totalidad de compra anual de medicamentos de la población afiliada y no afiliada, por un período de 21 meses (12 meses de consumo más 9 meses de stock de seguridad).<br />
En los años siguientes, el modelo actuará como fondo de autorreposición, en el que la Tesorería de la Seguridad Social (TSS) recaudará los recursos mensuales y dispensará el total al Ministerio de Salud Pública para la compra anual, mediante una factura que el Ministerio de Salud Pública deberá presentar a la Tesorería de la Seguridad Social (TSS).<br />
En otro aspecto, el CNSS instruye a la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (Sisalril) para diseñar y proponer ante el Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS), en un plazo de tres meses, una propuesta de estructuración y creación de un Fondo para Medicamentos de Alto Costo. La propuesta deberá contener el costeo, inicialmente con medicamentos priorizados por el Ministerio de Salud Pública y mecanismos esenciales para su funcionamiento e implementación.<br />
Dispone que la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (Sisalril) diseñe y proponga ante el Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS), en un plazo de tres meses, a partir de la emisión de la presente resolución, un mecanismo para la contención de costos en medicamentos ambulatorios, mediante el establecimiento de precios tope de cobertura, prescripción y dispensación de genéricos y biosimilares. </p>
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