Economica
SB emite directrices a entidades financieras para ofrecer la «Cuenta Básica de Ahorro Mipymes»
<p>EL NUEVO DIARIO, SANTO DOMINGO.- La Superintendencia de Bancos (SB) abrió las puertas a las entidades de intermediación financiera (EIF) para que puedan ofrecer a sus clientes la Cuenta Básica de Ahorro Mipymes.</p>
<p>Mediante la Circular SB: CSB-REG-202500013, el ente supervisor del sistema financiero busca facilitar la adquisición de una cuenta de ahorros a personas jurídicas o personas físicas registradas como contribuyentes.</p>
<p>La medida persigue un mayor nivel de inclusión en el sistema financiero para mipymes afectadas por la falta de un historial crediticio y/o por la existencia de antecedentes penales de quienes las dirigen.</p>
<p>De acuerdo con los lineamientos de la SB, la Cuenta Básica de Ahorro Mipymes no debe superar una transaccionalidad de RD$700,000 mensuales. Además, debe estar denominada en pesos dominicanos y se debe facilitar la apertura de manera presencial o digital. Los cargos asociados a la misma deberán ser los mínimos posibles, incluyendo las exigencias de balance de apertura y cargos por balance mínimo.</p>
<p>Esta cuenta servirá para realizar depósitos y retiros de dinero en efectivo, pagos de tarjetas de crédito y préstamos, y brindar acceso a los canales digitales de las entidades para consultar movimientos, realizar transferencias nacionales e internacionales y hacer pagos de bienes y servicios.</p>
<p>Asimismo, la directriz de la SB busca que las entidades establezcan procedimientos para asegurar que sus representantes brinden un trato equitativo y respetuoso a los usuarios y las usuarias durante todo el proceso de apertura y uso de estas cuentas.</p>
<p>Respecto a los procesos de debida diligencia, se establece que las entidades deben conocer las características, dinámicas y riesgos específicos de los sectores económicos en los que sus clientes operan, para detectar cualquier comportamiento anormal o que deba ser revisado.</p>
<h2><strong>Inclusión financiera</strong></h2>
<p>Este instrumento normativo de la Superintendencia de Bancos contribuye con la eliminación de una barrera estructural, poniendo a disposición un producto financiero diseñado específicamente para las mipymes, que facilita la construcción de un buen historial financiero e incrementa sus oportunidades de desarrollo.</p>
<p>Cuando un potencial cliente solicite la apertura de una Cuenta Básica de Ahorro Mipymes y se detecten antecedentes penales en fuentes abiertas, la entidad de intermediación financiera (EIF) deberá requerir documentación específica para verificar la situación penal.</p>
<p>Si el proceso fue judicializado y terminó con sentencia favorable o descargo, se exige copia certificada de la sentencia y certificación de no recurso; si hubo sentencia condenatoria, se requiere además el cómputo definitivo de la pena emitido por el Tribunal de Ejecución de la Pena (para casos posteriores a 2005 en RD); y si no existe sentencia sobre el fondo del proceso y el delito no está clasificado como precedente o determinante según la Ley 155-17, la EIF podrá proceder con la apertura de la cuenta.</p>
<p>Esta normativa respalda la Meta 2036 del gobierno dominicano que procura duplicar el producto interno bruto en los próximos diez años, generando prosperidad, mejora de los servicios y mayor calidad de vida para toda la población. Como parte de esta estrategia, las mipymes se convierten en motores de crecimiento e innovación, que aumentan el empleo digno y reducen las brechas de desigualdad para generar recursos.</p>
<p><strong>Cuenta Básica Personal</strong></p>
<p>En 2020, la SB creó la figura de la Cuenta Básica en el mercado dominicano. Se trata de un producto de ahorro que da una primera oportunidad a personas que no tienen una cuenta bancaria.</p>
<p>También permite incluir en la nómina de cualquier empresa a personas que en el pasado han tenido algún conflicto con la ley penal o problemas en su historial crediticio.</p>
<p>​EL NUEVO DIARIO, SANTO DOMINGO.- La Superintendencia de Bancos (SB) abrió las puertas a las entidades de intermediación financiera (EIF) para que puedan ofrecer a sus clientes la Cuenta Básica de Ahorro Mipymes. Mediante la Circular SB: CSB-REG-202500013, el ente supervisor del sistema financiero busca facilitar la adquisición de una cuenta de ahorros a personas Economía, Portada </p>
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