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DGII reitera obligación de establecer información sobre pagos en transferencias y descargos inmoniliarios

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<p>SANTO DOMINGO&period;- La Dirección General de Impuestos Internos &lpar;DGII&rpar; reiteró este lunes a todos los contribuyentes y público en general&comma; la obligación de los notarios públicos de exigir y retener la constancia fehaciente de pago que fue utilizada para la liquidación o pago de los actos u operaciones que estos instrumenten&comma; conforme lo dispuesto en la Norma 07-22&period;<&sol;p>&NewLine;<p>De acuerdo a un comunicado&comma; en los actos traslativos de propiedad inmobiliaria &lpar;compraventa&comma; dación en pago&comma; permuta&comma; cuota litis y particiones amigables&rpar;&comma; deberán detallarse todos los pagos realizados&comma; incluyendo los pendientes&comma; salvo en los siguientes casos&colon;<&sol;p>&NewLine;<p>-Cuando el valor total de adquisición sea igual o inferior a un millón de pesos&period;<&sol;p>&NewLine;<p>-Cuando la adquisición se efectúe mediante un préstamo hipotecario otorgado por una entidad de intermediación financiera y el monto inicial pagado por el adquiriente no supere dicho limite&period;<&sol;p>&NewLine;<p>«La descripción de los pagos deberá incorporarse en el mismo acto traslativo o en un anexo notarizado por el notario actuante&comma; indicando fecha&comma; monto&comma; entidad bancaria &lpar;si aplica&rpar;&comma; medio de pago &lpar;transferencia&comma; cheque&comma; efectivo&comma; entre otros&rpar; y&comma; de forma opcional&comma; una referencia&period; La DGII no autorizará la ejecución de actos traslativos suscritos a partir del 1 de mayo de 2025 que no cumplan con estas disposiciones»&comma; detalla un comunicado colgados en las redes sociales de la DGII&period;<&sol;p>&NewLine;<p>En el caso de transferencias y descargos de inmuebles&comma; la constancia fehaciente de pago no formará parte del expediente depositado ante la DGII Para más información&comma; puede comunicarse a nuestro Centro de Contacto al teléfono 809-689-3444&comma; escribirnos al correo electrónico información&commat;dgii&period;gov&period;do o visitar nuestro portal web www&period;dgii&period;gov&period;do&period;<&sol;p>&NewLine;<div>&NewLine;<p><a href&equals;"https&colon;&sol;&sol;www&period;instagram&period;com&sol;p&sol;DNyWla61Oas&sol;&quest;utm&lowbar;source&equals;ig&lowbar;embed&amp&semi;utm&lowbar;campaign&equals;loading" target&equals;"&lowbar;blank" rel&equals;"noopener">A post shared by Impuestos Internos – R&period;D&period; &lpar;&commat;dgii&period;rd&rpar;<&sol;a><&sol;p>&NewLine;<&sol;div>&NewLine;<p>&nbsp&semi;<&sol;p>&NewLine;<p>&ZeroWidthSpace;<&sol;p>&NewLine;

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