Politica
TSE ordena incluir candidatura de Francisca Tapia Marte en boleta electoral de la Fuerza del Pueblo
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<p class="has-medium-font-size">Santo Domingo.– El Tribunal Superior Electoral (TSE) ordenó a la Comisión Nacional Electoral (CNE) del partido <a href="https://elnacional.com.do/fp-elige-a-eduard-espiritusanto-como-vocero-en-el-senado/">Fuerza del Pueblo</a> (FP) incluir en la boleta electoral la candidatura de <strong>Francisca Tapia Marte</strong> a la Dirección Central a nivel territorial municipal, de cara al Congreso Nacional Electoral “Dr. Manolo Tavárez Justo”, pautado para celebrarse el próximo <strong>3 de agosto de 2025</strong>.</p>
<p class="has-medium-font-size">La Alta Corte indicó que, en caso de que exista imposibilidad de reimprimir las boletas para su distribución en los centros de votación, la parte accionada deberá implementar cualquier logística necesaria para garantizar el derecho a ser elegida de la señora Tapia Marte.</p>
<p class="has-medium-font-size">Los jueces <strong>Ygnacio Pascual Camacho Hidalgo</strong>, presidente del TSE, junto a los magistrados <strong>Rosa Pérez de García, Pedro Pablo Yermenos Forastieri, Fernando Fernández Cruz</strong> y <strong>Hermenegilda del Rosario Fondeur Ramírez</strong>, también ordenaron que la CNE del partido Fuerza del Pueblo anuncie la inclusión de Tapia Marte como candidata a través de sus canales oficiales de comunicación. Esto, con el objetivo de informar a los votantes habilitados sobre su participación y fortalecer las garantías de su derecho a la participación política.</p>
<p class="has-medium-font-size"><em><mark class="has-inline-color has-vivid-red-color">También te puede interesar:</mark></em></p>
<p class="has-medium-font-size">El tribunal acogió en cuanto al fondo la acción de amparo tras comprobarse la vulneración del derecho a ser elegible de Tapia Marte, al haber sido excluida sin justificación del listado de candidatos a la Dirección Central Territorial a nivel municipal en el marco del referido congreso electoral.</p>
<p class="has-medium-font-size">Asimismo, acogió en cuanto a la forma la acción de amparo interpuesta por Tapia Marte el pasado <strong>31 de julio de 2025</strong>, en aplicación de los principios de tutela judicial efectiva y economía procesal.</p>
<p class="has-medium-font-size">Los magistrados ordenaron la <strong>ejecución inmediata de la sentencia</strong>, conforme al artículo 90 de la Ley 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales, y al artículo 145 del Reglamento de Procedimientos Contenciosos Electorales.</p>
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