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Colegio Dominicano de Periodistas, desacata sentencia definitiva que ordena reintegrar a la Escuela Turística del Caribe en su edificio

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<p>&ZeroWidthSpace;   <&sol;p>&NewLine;<p>&ZeroWidthSpace;<&sol;p>&NewLine;<p><strong>Santo Domingo&period; –<&sol;strong> La Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Distrito Nacional&comma; en sentencia <strong>No&period; 034-2025-SCON-00473<&sol;strong>&comma; declaró nulo&comma; de oficio&comma; el recurso de apelación intentado por el Colegio Dominicano de Periodistas&comma; en contra de la sentencia del Juzgado de Paz de la Primera Circunscripción del Distrito Nacional&comma; <strong>No&period; 064-14-00238<&sol;strong>&comma; en la cual&comma; ordena la reintegración de la Escuela Turística del Caribe&comma; en el edificio del Colegio Dominicano de Periodistas&comma; ubicado en la Av&period; George Washington&period;<&sol;p>&NewLine;<p>La sentencia ordena la entrega de las instalaciones contratadas por la Escuela Turística del Caribe&comma; así como también el desalojo de cualquier persona o institución que esté operando en el edificio del CDP&period;<&sol;p>&NewLine;<p>Mediante contrato de fecha 10 de septiembre del año 2013&comma; la Escuela Turística del Caribe&comma; representada por su gerente general&comma; el Lic&period; Marvin Joel Soriano Robles&comma; y el Colegio Dominicano de Periodistas&comma; representado por Aurelio Henríquez&comma; suscribieron un acuerdo de alquiler del área de la azotea&comma; el tercer piso completo&comma; parte del primer nivel y todos los parqueos&comma; para que la escuela de formación turística y hotelera&comma; desarrollara sus programas formativos&period;<&sol;p>&NewLine;<p>Se recuerda que en fecha 27 de Enero del año 2014&comma; el entonces presidente del Colegio Dominicano de Periodistas&comma; Olivo de León&comma; bloqueo la entrada del personal docente&comma; estudiantes y administrativo al edificio&comma; acción que la juzgadora encontró ilegal&comma; ilegitima y sin fundamento legal&comma; por lo que en la sentencia se ordena la reintegranda de forma inmediata&comma; y condena en costas al CDP y al Sr&period; Olivo de León&period;<&sol;p>&NewLine;<p>Por su parte&comma; mediante acto <strong>No&period; 418&sol;2025<&sol;strong>&comma; el Fiscal Adjunto al Departamento de Fuerza Pública del Distrito Nacional&comma; &lpar;Departamento de Ejecuciones Civiles y Auxilio Judicial&rpar;&comma; notifico el último aviso de entrega voluntaria a Aurelio Henríquez&comma; presidente del CDP&comma; para que voluntariamente&comma; haga entrega de las instalaciones alquiladas por la Escuela Turística del Caribe&period;<&sol;p>&NewLine;<p>Mediante certificación emitida por la Suprema Corte de Justicia&comma; el secretario General Cesar José García Lucas&comma; en fecha 17 de junio del 2025&comma; certifico como sentencia firme e irrevocablemente juzgada&comma; la emitida por la Cámara Civil y Comercial del Distrito Nacional <strong>No&period; 034-2025-SCON-00473<&sol;strong>&comma; por lo que se espera su ejecución en los próximos días si el CDP no entrega de forma voluntaria el inmueble&period;<&sol;p>&NewLine;<p> <&sol;p>&NewLine;

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