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Leison Guerrero: joven que anuló licitación de alcaldía de Jarabacoa, querellado por difamación
Redacción.- El ciudadano Leison Guerrero Ramírez enfrenta una querella penal por difamación e injuria presentada por el alcalde de Jarabacoa, José Antonio Abreu Pichardo, quien alega daño a su honra por expresiones relacionadas con su gestión pública y solicita RD$50 millones en daños y perjuicios (arts. 371 y 373 Código Penal, Ley 6132 y Ley 53-07).
La querella se tramita ante el Fiscalizador Juan Emmanuel Escoto Hidalgo
Guerrero es precisamente quien, el 11 de julio de 2025, presentó denuncia ante la Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP) contra el procedimiento AMJ-CCC-CP-2025-0001 del Ayuntamiento de Jarabacoa (remodelación de centro comunal en Urbanización Medina I con fondos participativos 2025). La Resolución RIC-0029-2026 de la DGCP anuló el proceso por violaciones graves a transparencia y publicidad (Ley 340-06): no uso del SECP obligatorio pese a usuario habilitado, omisión de carga íntegra del expediente y incumplimiento de plazos legales.
En ese mismo patrón de fiscalización, también fue el ciudadano que impulsó y visibilizó la nulidad del proceso del Vertedero Municipal: la DGCP anuló el procedimiento AMJ-CCC-CP-2024-0001 para el manejo del vertedero de Jarabacoa por falta de transparencia y publicidad, citando el art. 104 del Decreto 416-23 (nulidad inmediata ante falta de publicidad de convocatoria o pliego) y recomendando relanzar el procedimiento con garantías de transparencia. 
Y además fue el mismo joven que alertó irregularidades en la compra de un “vehículo ejecutivo” (jeepeta) para uso institucional: el pliego del Ayuntamiento identifica la “Adquisición de un (1) Vehículo Ejecutivo para uso institucional” (AMJ-CCC-LR-2025-0001), pero el propio documento arrastra referencias impropias a “Camión Compactador” dentro de requisitos y garantía, lo que alimentó las denuncias públicas de inconsistencias técnicas y administrativas en ese expediente. 
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La DGCP remitió el expediente a la Procuraduría Especializada de Prevención de la Corrupción Administrativa (PEPCA) para investigación penal y ordenó identificar y sancionar a funcionarios responsables (art. 66 Ley 340-06).
La defensa de Guerrero (Lic. Hernani Aquino) opuso inadmisibilidad de la querella el 23 de febrero de 2026 por incumplimiento procesal (arts. 268 y 394.4 CPP), atipicidad, falta de dolo, vulneración a libertad de expresión (art. 49 Constitución; art. 13 CADH) y desproporcionalidad, citando precedentes del Tribunal Constitucional y Corte IDH.
Este caso genera alarma: querellar penalmente y exigir cuantiosas indemnizaciones al ciudadano que ejerce fiscalización legítima —logrando nulidades por irregularidades en contrataciones públicas y activando instancias anticorrupción— envía una señal negativa de intento por silenciar la rendición de cuentas y la transparencia municipal. En democracia, denunciar faltas en el uso de fondos públicos es un derecho cívico fundamental, no un delito.
