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Economía

Responsabilidad penal corporativa exige sistemas de cumplimiento robustos

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A partir de agosto de este año, las empresas ubicadas en República Dominicana podrán ser procesadas penalmente, ya que así está establecido en el nuevo Código Penal, el cual fue promulgado el año pasado.

Ante este escenario, el presidente ejecutivo de la firma LEXI, Babaji Cruz, destacó la importancia de programas funcionales y efectivos de cumplimiento en las organizaciones, que contengan la identificación de ámbitos de riesgo penal según la actividad, un órgano con poderes autónomos de control y supervisión, recursos financieros adecuados para prevenir riesgos, canales de denuncias, así como verificación periódica y actualización del modelo.

Durante su participación en el “International Compliance Immersion Day: derecho penal económico, responsabilidad empresarial y compliance penal”, celebrado en la Pontificia Universidad Católica Madre y Maestra (PUCMM), Cruz señaló que será posible atenuar la responsabilidad penal de las empresas si se demuestra que la persona jurídica adoptó e implementó programas de cumplimiento antes del delito y que las medidas fueron evadidas mediante maniobras fraudulentas.

“También será posible atenuar la responsabilidad penal si la dirección de la entidad reportó a la autoridad competente al tener conocimiento de una actividad ilícita o si los subordinados o terceros violaron el programa con fraude indetectable”, afirmó.

El especialista advirtió que el cumplimiento regulatorio tradicional ya no es suficiente. Aunque la Ley 155-17 cubre el lavado de activos, esta solo representa una mínima parte frente a los más de 40 delitos que el nuevo Código Penal tipifica para las empresas.

Favoreció la utilización de normas internacionales en el país. Una de ellas es la UNE 19601, un estándar de referencia para los sistemas de gestión de “compliance” penal, basado en el ciclo planificar, hacer, verificar y actuar (PHVA), pero, además, está alineado con la estructura de alto nivel de ISO (compatible con 37001 y 37301).

Cruz señaló que la Norma ISO 37302 es fundamental para auditar la efectividad real de los sistemas de gestión de cumplimiento en las organizaciones. Este modelo rompe con las evaluaciones superficiales al introducir una matriz de 23 indicadores que miden desde el diseño hasta el impacto tangible en los resultados.

De acuerdo con el modelo expuesto, la evaluación se divide en tres dimensiones críticas que determinan si una empresa cumple con estándares éticos y legales: diseño (políticas y procedimientos), cultura (conducta y comportamiento), así como resultados (impacto y evidencia).

El primero se enfoca en que las reglas no sean solo teóricas. Evalúa la vigencia de las políticas, su integración en los procesos operativos y la coherencia técnica de todo el sistema.

Además, la dimensión de cultura analiza el liderazgo visible, la toma de decisiones bajo presión, la reacción ante dilemas éticos y la apertura de canales de denuncia, en tanto que la última dimensión exige pruebas, al utilizar indicadores clave de desempeño (KPI) verificables, series históricas, tiempos de respuesta ante fallos y la reducción real del riesgo residual.

De este modo, el nuevo marco plantea un desafío relevante para el sector empresarial, que deberá avanzar hacia una cultura de cumplimiento más sólida, alineada con estándares internacionales y enfocada en la prevención de riesgos.

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