Deportes
El juez del Caso Olmo se declara incompetente

El Juzgado Central de lo Contencioso Administrativo número 1, que admitió a trámite la petición cautelar de LaLiga contra la decisión del Consejo Superior de Deportes (CSD) a favor del Barcelona y sus jugadores Dani Olmo y Pau víctor, se ha declarado incompetente y ha reenviado el caso a la Sala de lo Contencioso de Audiencia Nacional. Según informó Iusport este jueves, el juez, después de admitir la solicitud de LaLiga y declararse competente, recibió el escrito de alegaciones de la Abogacía del Estado (que representa al CSD) que se opone a su competencia en favor de la Sala de lo Contencioso de Audiencia Nacional.
El Juzgado Central de lo Contencioso Administrativo número 1, que admitió a trámite la cautelar de LaLiga contra el CSD, se inhibe y lo remite a la Sala de la Audiencia Nacional.
El Juzgado Central de lo Contencioso Administrativo número 1, que admitió a trámite la petición cautelar de LaLiga contra la decisión del Consejo Superior de Deportes (CSD) a favor del Barcelona y sus jugadores Dani Olmo y Pau víctor, se ha declarado incompetente y ha reenviado el caso a la Sala de lo Contencioso de Audiencia Nacional. Según informó Iusport este jueves, el juez, después de admitir la solicitud de LaLiga y declararse competente, recibió el escrito de alegaciones de la Abogacía del Estado (que representa al CSD) que se opone a su competencia en favor de la Sala de lo Contencioso de Audiencia Nacional.
El escrito alude al artículo 11.1 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa que establece que la Sala de lo Contencioso de la Audiencia Nacional conoce en única instancia “de los recursos que se deduzcan en relación con las disposiciones generales y los actos de los Ministros, aun cuando se adopten previo informe o acuerdo del Consejo de Ministros o de las Comisiones Delegadas del Gobierno, y de los Secretarios de Estado, en general y en materia de personal cuando se refieran al nacimiento o extinción de la relación de servicio de funcionarios de carrera”.
El juez admite en su auto que el tema se presta a interpretaciones, pero ha optado por declararse incompetente en favor de la Sala de lo contencioso de la Audiencia Nacional. El pasado día 10, el juzgado central de lo Contencioso-Administrativo descartó la adopción de la medida cautelarísima, sin audiencia a las partes, pero admitió a trámite la cautelar pedida por LaLiga y otorgó un plazo de tres días a la Abogacía del Estado para remitir alegaciones en representación del CSD.
LaLiga recurrió al juzgado contra la resolución del CSD que permite que los jugadores del Barcelona Dani Olmo y Pau Víctor mantengan su licencia en vigor, al considerar nulo de pleno derecho el acuerdo de LaLiga y la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) que lo impedía. Para LaLiga, la resolución del CSD del pasado día 3 “vulnera gravemente el marco normativo en materia de control económico y de tramitación de licencias deportivas, menoscaba el interés general de la competición y compromete su integridad, al quebrantar el principio de igualdad entre clubes”.
La patronal considera que las licencias de los dos jugadores expiraron de forma automática el pasado 31 de diciembre al finalizar la duración pactada entre ambos y el Barcelona, ya que el club no tiene saldo ni capacidad para su inscripción al no cumplir la normativa del Control Económico de LaLiga. El club no presentó a tiempo (antes de la medianoche del 31 de diciembre) las garantías de pago suficientes para alcanzar la regla 1:1 del Control Económico de LaLiga, que establece que un club puede invertir en fichajes la misma cantidad de dinero que ingrese mediante ventas o ahorro salarial, y mantener tanto a Olmo como a Pau Víctor registrados más allá del último día del año.
Los estados financieros intermedios del primer semestre de la temporada 2024-2025 no recogen el importe referido sobre la operación relacionada con los palcos VIP del estadio en contra de lo comunicado por el club, cifrada en 100 millones de euros. Ante la decisión de LaLiga, el Barcelona recurrió al CSD y este estimó su recurso al entender que la Comisión de Seguimiento LaLiga-RFEF que no concedió el visado previo ni la licencia a los futbolistas no es competente para adoptar esta decisión. “Por razones de incompetencia, por no haber seguido los procedimientos adecuados establecidos en las normas y por no tratarse del órgano legitimado para tomar las decisiones, el acuerdo de la Comisión de Seguimiento del Convenio de Coordinación RFEF-LaLiga debe ser considerado nulo de pleno derecho y todos los efectos derivados de ella invalidados”, resolvió el organismo que preside José Manuel Rodríguez Uribes.
¡Tus opiniones importan! Comenta en los artículos y suscríbete gratis a nuestra newsletter y a las alertas informativas en la App o el canal de WhatsApp. ¿Buscas licenciar contenido? Haz clic aquí