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Politica

Senado aprueba cambios a la Ley 36-24 sobre Cabo Rojo

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Después de verlo en primera lectura, el Senado aprobó este jueves en segunda discusión un proyecto de ley que modifica cuatro artículos de la Ley 36-24 que crea la Corporación Turística Cabo Rojo, en la provincia Pedernales.

En específico, la modificación que aprobaron los senadores, entre otros aspectos, incluye un nuevo párrafo en el artículo 11, para que la Cámara de Cuentas audite periódicamente a la corporación turística con el apoyo de firmas privadas reconocidas a nivel internacional.

Modificación de artículo 11

En la ley anterior, el artículo 11 establecía que la sociedad comercial que maneja Cabo Rojo estaba obligada a entregar un informe anual al Ministerio de la Presidencia. Ese informe debía incluir un balance de situación, un estado de ingresos y egresos y una memoria de sus actividades.

La aprobación de los senadores también integró una modificación al artículo 6 de la ley, para que la sociedad turística esté sujeta a la legislación nacional que se aplica para las sociedades comerciales y no únicamente a la Ley 479-08, sobre Sociedades Comerciales y Empresas Individuales.

Asimismo, el Senado aprobó el cambio a la ley para que la cantidad de miembros del consejo de administración no sea inferior a tres.

Además, la modificación incluye un párrafo al artículo 12 de la ley para que las empresas y patrimonios que involucrados en las actividades de Cabo Rojo gocen de un régimen de tributario especial y exenciones.

Exenciones 

El proyecto dispone que las exenciones establecidas en el párrafo anterior estarán vigentes por 20 años, contados a partir de la constitución de la corporación turística y podrán extenderse por el mismo tiempo a solicitud del Poder Ejecutivo.

  • La pieza que aprobaron los senadores ahora va a la Cámara de Diputados, donde deberá seguir el mismo trámite de estudios y aprobaciones en dos discusiones antes de aplicarse por promulgación del Poder Ejecutivo.

 ​ Política, Congreso Nacional, Ismael Hiraldo, Santo Domingo, Pedernales, Cabo Rojo, Corporación Turística en Cabo Rojo Después de verlo en primera lectura, el Senado aprobó este jueves en segunda discusión un proyecto de ley que modifica cuatro artículos de la Ley 36-24 que crea la Corporación Turística Cabo Rojo, en la provincia Pedernales.En específico, la modificación que aprobaron los senadores, entre otros aspectos, incluye un nuevo párrafo en el artículo 11, para que la Cámara de Cuentas audite periódicamente a la corporación turística con el apoyo de firmas privadas reconocidas a nivel internacional.Modificación de artículo 11En la ley anterior, el artículo 11 establecía que la sociedad comercial que maneja Cabo Rojo estaba obligada a entregar un informe anual al Ministerio de la Presidencia. Ese informe debía incluir un balance de situación, un estado de ingresos y egresos y una memoria de sus actividades. RELACIONADAS Congreso Nacional Senado modifica en primera lectura, a pedido de Abinader, ley de Corporación Turística en Cabo Rojo La aprobación de los senadores también integró una modificación al artículo 6 de la ley, para que la sociedad turística esté sujeta a la legislación nacional que se aplica para las sociedades comerciales y no únicamente a la Ley 479-08, sobre Sociedades Comerciales y Empresas Individuales.Asimismo, el Senado aprobó el cambio a la ley para que la cantidad de miembros del consejo de administración no sea inferior a tres.Además, la modificación incluye un párrafo al artículo 12 de la ley para que las empresas y patrimonios que involucrados en las actividades de Cabo Rojo gocen de un régimen de tributario especial y exenciones.Exenciones El proyecto dispone que las exenciones establecidas en el párrafo anterior estarán vigentes por 20 años, contados a partir de la constitución de la corporación turística y podrán extenderse por el mismo tiempo a solicitud del Poder Ejecutivo. La pieza que aprobaron los senadores ahora va a la Cámara de Diputados, donde deberá seguir el mismo trámite de estudios y aprobaciones en dos discusiones antes de aplicarse por promulgación del Poder Ejecutivo. Política

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