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Tribunal SuperiorElectoral aplaza resolución sobre JCE

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El Tribunal Superior Electoral (TSE) acogió parcialmente un incidente presentado por la Junta Central Electoral (JCE), parte impugnada en el proceso, y aplazó para el próximo jueves 3 de abril el conocimiento del recurso de impugnación contra la Resolución núm. 07-2025, interpuesto por el partido Alianza País.

La Resolución No. 07-2025 de la JCE es que que categoriza a las organizaciones políticas y dispone el orden en las boletas electorales.

El incidente planteado por la JCE consistió en solicitar aplazar la audiencia para que la parte impugnante notificara a los demás partidos involucrados en la resolución impugnada, a los cuales podría impactar la sentencia a ser dictada por la Alta Corte.

La acogida del incidente fue parcial porque el TSE ordenó que las citaciones quedaran a cargo de la Junta Central Electoral, señala una nota de prensa.

La decisión fue adoptada por mayoría de votos, con el respaldo del presidente del Tribunal, magistrado Ygnacio Pascual Camacho Hidalgo, y los jueces titulares Hermenegilda del Rosario Fondeur Ramírez; Rosa Pérez de García y Fernando Fernández Cruz.

El magistrado Pedro Pablo Yermenos Forastieri emitió un voto disidente por considerar que las notificaciones debieron ponerse a cargo de la parte impugnante que fue quien motorizó la acción y, por eso, está en el deber de asumir las consecuencias de la misma que, en este caso particular, se trata de preservar los derechos de defensa de quienes puedan resultar impactados por el resultado de su impugnación.

Procesos

El Tribunal Superior Electoral, además, dejó en estado de fallo reservado tres procesos interpuestos por accionantes distintos contra el Partido de la Liberación Dominicana (PLD), otorgando a todas las partes un plazo de diez días para un escrito justificativo de sus conclusiones.

La Alta Corte se reservó el fallo y otorgó el referido plazo respecto al expediente número TSE-01-0222-2024. Dicho expediente corresponde al «Recurso de declaración de nulidad de elecciones en mesa de Pedro Brand; La Guáyiga y Pantoja y/o apelación para la ejecución de la Resolución RES-COXCO-21-10-2024 sobre validación, anulación parcial y celebración de nuevas elecciones.»

 ​ Política, TSE, Diario Libre, Santo Domingo, Resolución, Tribunal Superior Electoral, JCE El Tribunal Superior Electoral (TSE) acogió parcialmente un incidente presentado por la Junta Central Electoral (JCE), parte impugnada en el proceso, y aplazó para el próximo jueves 3 de abril el conocimiento del recurso de impugnación contra la Resolución núm. 07-2025, interpuesto por el partido Alianza País.La Resolución No. 07-2025 de la JCE es que que categoriza a las organizaciones políticas y dispone el orden en las boletas electorales.El incidente planteado por la JCE consistió en solicitar aplazar la audiencia para que la parte impugnante notificara a los demás partidos involucrados en la resolución impugnada, a los cuales podría impactar la sentencia a ser dictada por la Alta Corte. La acogida del incidente fue parcial porque el TSE ordenó que las citaciones quedaran a cargo de la Junta Central Electoral, señala una nota de prensa.La decisión fue adoptada por mayoría de votos, con el respaldo del presidente del Tribunal, magistrado Ygnacio Pascual Camacho Hidalgo, y los jueces titulares Hermenegilda del Rosario Fondeur Ramírez; Rosa Pérez de García y Fernando Fernández Cruz. Te puede interesar El TSE pondrá en marcha proyecto para ofrecer asesoría legal sobre rectificación de actas civiles El magistrado Pedro Pablo Yermenos Forastieri emitió un voto disidente por considerar que las notificaciones debieron ponerse a cargo de la parte impugnante que fue quien motorizó la acción y, por eso, está en el deber de asumir las consecuencias de la misma que, en este caso particular, se trata de preservar los derechos de defensa de quienes puedan resultar impactados por el resultado de su impugnación. Procesos El Tribunal Superior Electoral, además, dejó en estado de fallo reservado tres procesos interpuestos por accionantes distintos contra el Partido de la Liberación Dominicana (PLD), otorgando a todas las partes un plazo de diez días para un escrito justificativo de sus conclusiones.La Alta Corte se reservó el fallo y otorgó el referido plazo respecto al expediente número TSE-01-0222-2024. Dicho expediente corresponde al «Recurso de declaración de nulidad de elecciones en mesa de Pedro Brand; La Guáyiga y Pantoja y/o apelación para la ejecución de la Resolución RES-COXCO-21-10-2024 sobre validación, anulación parcial y celebración de nuevas elecciones.» Política

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