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Justicia argentina suspende decreto de Milei que busca convertir al Banco de la Nación en sociedad anónima
La Justicia argentina suspendió este martes el decreto firmado por el presidente Javier Milei que buscaba convertir al Banco de la Nación Argentina (BNA) en una sociedad anónima. El fallo considera que este decreto encubre una posible privatización de la principal entidad financiera del país, algo que está prohibido por la ley.
Este decreto de Milei, firmado el 20 de febrero, tenía como objetivo convertir al BNA en una sociedad anónima, en la que el Estado mantendría el 99,9% de las acciones y la Fundación Banco Nación Argentina el 0,1%. Sin embargo, el juez federal Alejo Ramos Padilla consideró que esta medida no solo excede las facultades que el Poder Legislativo le otorgó al Ejecutivo, sino que también representa una “maniobra encubierta” que busca privatizar al banco, lo cual está prohibido por la Ley Bases, que fue aprobada en agosto y establece que entidades estratégicas como el BNA deben mantenerse en manos del Estado.
En su fallo, el juez explicó que la medida tomada por el presidente Milei implica la pérdida del carácter estatal del banco, lo cual podría tener importantes consecuencias jurídicas, económicas y sociales. Además, recordó que la Ley Bases había dejado claro que el BNA no debía privatizarse, por lo que el decreto firmado por Milei para convertirlo en una sociedad anónima va en contra de esta normativa.
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La decisión de suspender el decreto de Milei se basa en una demanda presentada en junio de 2024 por la Asociación Bancaria, sindicato del sector, que pedía la nulidad de una propuesta del propio banco sobre su privatización. A pesar de que la ley Ley Bases excluyó al BNA de este proceso de privatización, el presidente firmó el decreto para convertirlo en una sociedad anónima, lo que ahora está en manos de la Justicia.
El juez también estableció que el Gobierno argentino tiene un plazo de cinco días para presentar un informe que justifique el interés público de este decreto. Además, destacó que cualquier cambio en la estructura jurídica del banco debe ser aprobado por el Parlamento, advirtiendo que la transformación de la entidad sería contraria a lo establecido en la ley.
Por último, el magistrado recordó que el Estado tiene derecho a ejercer sus funciones en esta nueva sociedad, pero dentro del marco de las entidades públicas, y no bajo las reglas del sector privado que la Ley General de Sociedades establece para las empresas privadas.
EFE
Por: Itzel Olivo
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