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Politica

El amor a cualquier edad: la historia de don Luis y doña María

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Don Luis y doña María son dos enamorados que se conocieron hace un año en una lavandería. Él, con 87 años, y ella, con 71. Desde el primer instante, el amor los flechó, y desde entonces supieron que serían el uno para el otro.

El camino no fue tan fácil; don Luis tuvo que insistir bastante para que doña María aceptara una primera cita. Sin embargo, después de ese primer encuentro, decidieron permanecer juntos.

Con esta tierna historia de amor, la Junta Central Electoral (JCE) celebró el Día de San Valentín este 14 de febrero, compartiendo en sus redes sociales su conmovedor relato.

En el video difundido por la JCE, doña María expresó: “El amor no tiene edad y llega cuando menos te lo imaginas. El hombre que yo necesitaba, que me quiere como soy, que me ayuda, me ama, me cuida y me protege. ¿Qué más quiero yo?”.

Tras un año de noviazgo, don Luis y doña María sellaron su amor en una oficialía civil de la Junta, «consolidando un romance que demuestra que el amor no conoce edades ni limitaciones».

“Este amor no se encuentra todos los días. Nunca había tenido una doñita tan linda, buena, cariñosa, amorosa y que me amara tanto, porque lo sentimos los dos. Esto no se acaba nunca entre ella y yo”, afirmó don Luis.

Uno de los mensajes de la JCE dice: “Don Luis y doña María se aman con ternura, con madurez, con lealtad absoluta. Hoy consumaron su amor en una de nuestras oficialías, envolviéndonos en esa magia que promete durar lo que les reste de aliento”.

Y finaliza: “Para el amor no hay edad y en la Junta lo sabemos muy bien”.

Requisitos para matrimonios

La JCE también informó a los ciudadanos sobre los requisitos para un matrimonio civil:

  • Cédulas de identidad de los contrayentes.
  • Acta de divorcio (si han sido casados anteriormente).
  • Acta de defunción (si se trata de un viudo o viuda).
  • Actas de nacimiento de los contrayentes.
  • Al menos dos testigos. De estos, por lo menos dos no pueden ser familiares o parientes directa o colateralmente hasta el tercer grado inclusive de los contrayentes.
  • Si tienen hijos en común, acta de nacimiento (estos deben estar previamente reconocidos).
  • Si la pareja va a contraer matrimonio bajo el régimen legal de separación de bienes, es obligatorio entregar al Oficial del Estado Civil el acto auténtico instrumentado a estos fines, el cual debe estar registrado y debidamente notificado. Este acto debe ser levantado con anterioridad a la celebración del matrimonio.
  • En los casos de extranjeros, acta de nacimiento, pasaporte, si el mismo está en castellano y consigna el estado civil como soltero (a) no es obligatoria la presentación de la constancia de soltería. Para los demás casos, constancia de soltería expedida por el Registro Civil del país de origen o residencia de éstos.  

 ​ Política, JCE, Harolyn Gavilán, Santo Domingo, Amor, Matrimonio civil, San Valentín, requisitos matrimonio Don Luis y doña María son dos enamorados que se conocieron hace un año en una lavandería. Él, con 87 años, y ella, con 71. Desde el primer instante, el amor los flechó, y desde entonces supieron que serían el uno para el otro.El camino no fue tan fácil; don Luis tuvo que insistir bastante para que doña María aceptara una primera cita. Sin embargo, después de ese primer encuentro, decidieron permanecer juntos.Con esta tierna historia de amor, la Junta Central Electoral (JCE) celebró el Día de San Valentín este 14 de febrero, compartiendo en sus redes sociales su conmovedor relato.En el video difundido por la JCE, doña María expresó: “El amor no tiene edad y llega cuando menos te lo imaginas. El hombre que yo necesitaba, que me quiere como soy, que me ayuda, me ama, me cuida y me protege. ¿Qué más quiero yo?”. Te puede interesar Este día de San Valentín, prueba la meditación de la bondad amorosa Amor y melodías: conciertos únicos para el Día de San Valentín Tras un año de noviazgo, don Luis y doña María sellaron su amor en una oficialía civil de la Junta, «consolidando un romance que demuestra que el amor no conoce edades ni limitaciones».“Este amor no se encuentra todos los días. Nunca había tenido una doñita tan linda, buena, cariñosa, amorosa y que me amara tanto, porque lo sentimos los dos. Esto no se acaba nunca entre ella y yo”, afirmó don Luis.Uno de los mensajes de la JCE dice: “Don Luis y doña María se aman con ternura, con madurez, con lealtad absoluta. Hoy consumaron su amor en una de nuestras oficialías, envolviéndonos en esa magia que promete durar lo que les reste de aliento”.Y finaliza: “Para el amor no hay edad y en la Junta lo sabemos muy bien”.Don Luis y doña María se conocieron hace un año y desde el primer instante sus almas se conectaron. Después de mucho insistir, ella aceptó una cena y desde entonces nunca se han soltado las manos. Se aman con ternura, con madurez, con lealtad absoluta.Hoy consumaron su amor… pic.twitter.com/Iy2tpn40WO— JCE (@juntacentral) February 14, 2025 Requisitos para matrimoniosLa JCE también informó a los ciudadanos sobre los requisitos para un matrimonio civil: Cédulas de identidad de los contrayentes. Acta de divorcio (si han sido casados anteriormente). Acta de defunción (si se trata de un viudo o viuda). Actas de nacimiento de los contrayentes. Al menos dos testigos. De estos, por lo menos dos no pueden ser familiares o parientes directa o colateralmente hasta el tercer grado inclusive de los contrayentes. Si tienen hijos en común, acta de nacimiento (estos deben estar previamente reconocidos). Si la pareja va a contraer matrimonio bajo el régimen legal de separación de bienes, es obligatorio entregar al Oficial del Estado Civil el acto auténtico instrumentado a estos fines, el cual debe estar registrado y debidamente notificado. Este acto debe ser levantado con anterioridad a la celebración del matrimonio. En los casos de extranjeros, acta de nacimiento, pasaporte, si el mismo está en castellano y consigna el estado civil como soltero (a) no es obligatoria la presentación de la constancia de soltería. Para los demás casos, constancia de soltería expedida por el Registro Civil del país de origen o residencia de éstos.   

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